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Adelantan pago de la PGU de septiembre: cuál es la nueva fecha y montos

El pago de la Pensión Garantizada Universal se adelantará debido a la entrega del aguinaldo correspondiente a Fiestas Patrias, revisa aquí los detalles.

Felipe Romo

Este mes de septiembre la Pensión Garantizada Universal (PGU) tendrá un deposito anticipado, en el marco de la celebración de las Fiestas Patrias en Chile. Este pago adelantado tiene que ver con los distintos bonos económicos que se entregan en estas fechas, como lo es el aguinaldo.

En el sitio web oficial de ChileAtiende los usuarios ya pueden consultar utilizando su RUT las nuevas fechas para la entrega de la PGU. Dentro de los datos que entrega el portal, se encuentran además la forma de pago del mismo.

¿Cuáles son los montos de la Pensión Garantizada Universal en septiembre?

La Pensión Garantizada Universal de septiembre mantiene los mismos valores de meses anteriores, es decir, la pensión base calculada debe ser menor a la pensión máxima determinada por la normativa para este beneficio, fijada en $1.158.355.

La gran diferencia está en la entrega de los bonos de Fiestas Patrias, como el aguinaldo de este 2024, tiene un monto de $24.261, que puede aumentar en $12.446 por cada carga acreditada hasta el 31 de agosto del presente año.

¿Qué requisitos tiene la Pensión Garantizada Universal y cómo ser beneficiario?

Para ser beneficiario de la Pensión Garantizada Universal existen una serie de requisitos a cumplir, y puede ser solicitada desde los 65 años o más. Estas son las bases:

  • Acreditar residencia en Chile por 20 años continuos o discontinuos desde los 20 años de edad.
  • No estar registrado en el 10% más rico del país según el Registro Social de Hogares, requisito que se revisa en el IPS una vez ingresada la solicitud.

Para recibir el aguinaldo 2024 están los siguientes requisitos:

  • Pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS).
  • Pensionadas de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social.
  • Pensionados del Instituto de Seguridad Laboral.
  • Pensionados de Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.
  • Pensionados que sean Exonerados Políticos.
  • Pensionados que estén dentro de la “Ley Rettig” y “Ley Valech”.
  • Pensionados de las AFP o compañías de seguro que reciben el beneficio de la PGU, el Aporte Previsional Solidario o pensiones mínimas con Garantía Estatal.