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Aguinaldo de Navidad: dan a conocer la fecha y montos para pensionados y funcionarios públicos

A poco más de un mes que comience la Navidad, también se acercan los beneficios monetarios vinculado a ella.

Santiago, 24 de diciembre de 2019
Ultimas compras de Navidad en el centro de la capital.
Marcelo Hernandez/Aton Chile
MARCELO HERNANDEZ/ATON CHILE

Una de las fiestas más familiares se encuentra a la vuelta de la esquina: Navidad. Una de las celebraciones para compartir en familiar y también para dar y recibir. Es por ello, que es también una de las fechas donde las personas más gastan dinero en compras, por lo que algunos sectores obtendrán un Aguinaldo de Navidad.

Este beneficio, va dirigido a quienes se desempeñen como funcionarios del sector público y también a pensionados, debido a que es una obligación del Estado entregárselo a ciertos trabajadores y pensionados que cumplan con los requisitos.

¿Cuál es el monto y cuándo las fechas de pago?

Para quienes pertenezcan al grupo de beneficiarios de pensionados, el monto será de $25.150.- CLP.

Para conocer la fecha, deberán ingresar al sitio web dispuesto por Chile Atiende con su RUT y obtendrán la información respectiva a la fecha, forma y lugar de pago.

En tanto a las personas que trabajen en el servicio público, la ley indica que el monto a entregar depende de la remuneración de cada trabajador/a. Quienes reciban un sueldo líquido menor a $842.592.- obtendrán $63.062.- CLP. Mientras que, quienes reciban más de $842.592.- obtendrán un monto de $33.358.- CLP.

¿Cuáles son los requisitos?

Los requisitos van destinados a:

  • Pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados de las ex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
  • Pensionados de Caja de Previsión de Dipreca y Capredena.
  • Pensionados de las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.
  • Pensionados de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).
  • Pensionados de AFP o compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).
  • Beneficiarios de la indemnización compensatoria especial para la industria del carbón (Ley Nº 19.129, artículo 11).
  • Beneficiarios del Subsidio por Discapacidad.
  • Trabajadores/as de Universidades estatales.
  • Trabajadores/as de establecimientos de educación parvularia financiados por la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji).
  • Asistentes de la educación pública y/o profesionales de la educación que se desempeñen en establecimientos educacionales dependientes de los servicios locales de educación pública.
  • Astilleros y Maestranzas de la Armada.
  • Sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a las municipalidades.
  • Trabajadores/as de Establecimientos particulares de enseñanza subvencionados por el Estado.
  • Trabajadores/as de Establecimientos de Educación Técnico Profesional.
  • Trabajadores/as de Instituciones reconocidas como colaboradoras del Servicio Nacional de Menores (Sename) o su continuador legal.
  • Trabajadores/as de Corporaciones de Asistencia Judicial.
  • Trabajadores/as de Tribunales tributarios y aduaneros.
  • Trabajadores/as de Trabajadores de empresas y entidades del Estado que no negocien colectivamente.