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Aguinaldo Fiestas Patrias 2024: quién recibirá el pago del sector público y monto confirmado para el 2024 en Chile

La ayuda es esperada en miles de hogares para celebrar el Dieciocho durante septiembre y cubre parte de los gastos familiares. Revisa acá los detalles.

Pronto se iniciará el mes de agosto y quedará menos para una nueva celebración de las Fiestas Patrias en el país. La mayoría de los trabajadores recibe aguinaldo en el Dieciocho y el aporte se transforma en una importante ayuda para afrontar los gastos.

En el caso de los trabajadores del sector público, el requisito para recibir el aguinaldo consiste en tener un cargo de planta o a contrata hasta el 31 de agosto de 2024. Esto debe ser en entidades como universidades estatales, sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a las municipalidades, corporaciones de Asistencia Judicial, entre otros instituciones.

La cifra del aguinaldo para los trabajadores del sector público se divide en dos categorías, que son las siguientes:

  • Aguinaldo de $85.093: si el sueldo líquido es igual o inferior a $984.282 a agosto de 2024.
  • Aguinaldo de $59.071: si el sueldo líquido es superior a $984.282 a agosto de 2024.

Pensionados

Los pensionados también recibirán el aporte del Gobierno para los Fiestas Patrias. En 2024, la novedad es que dentro del grupo de beneficiarios también se incluye a las personas pensionadas por ley Rettig y Valech.

El principal requisito para acceder al beneficio es que las personas estén pensionadas en alguna de las siguientes entidades hasta agosto de 2024:

  • PS (Pensión Garantizada Universal o Pensión Básica Solidaria de Invalidez).
  • Ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (actualmente IPS).
  • Instituto de Seguridad Laboral. Mutualidades de Empleadores.Exonerados Políticos (Ley Nº 19.234).
  • Pensionados o pensionadas de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992, incluidas las pensiones de sobrevivencia del artículo séptimo transitorio de la Ley N° 20.405 (Valech).
  • AFP o compañías de seguro que reciben PGU, Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiarios del subsidio de incapacidad.
  • Beneficiarios de la indemnización del carbón.