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Ajustes al Pilar Voluntario: en qué consiste la medida que fue aprobada junto al Autopréstamo de AFP

En esta nota te explicamos en detalle una de las medidas que aprobó la Comisión de Trabajo y Seguridad Social de la Cámara de Diputados.

Luis Reyes

La Comisión de Trabajo y Seguridad Social de la Cámara de Diputados aprobó modificaciones en torno a la reforma previsional y una de las más importantes tiene relación con el Pilar Voluntario del sistema.

También se realizaron cambios en rentas vitalicias, al tope imponible y el autopréstamo, que es uno de los temas que más preocupa a los chilenos, por la opción de tomar prestados recursos de los fondos de AFP.

Los ajustes al Pilar Voluntario en la reforma previsional

Sobre el Pilar Voluntario del sistema previsional, se aprobó una modificación al DL 3.500 sobre el ahorro voluntario de los imponentes del sistema antiguo, para establecer que éste podrá efectuarse en los Inversores de Pensiones por intermedio del Administrador Previsional, reemplazando así a las AFP.

Se visó, del mismo modo, la eliminación de la comisión por transferencia en el Ahorro Previsional Voluntario, cualquiera sea su naturaleza.

Se aprobó, asimismo, que los depósitos de ahorro voluntario podrán efectuarse en cualquier Fondo Generacional y en uno o más Inversores de Pensiones, por intermedio del Administrador Previsional, reemplazando así a las AFP.

Se ratificó que el nuevo Administrador Previsional realizará las actividades para determinar los eventuales beneficios tributarios en la tributación de las cuentas de ahorro voluntario, reemplazando a las AFP. Además, se votaron ajustes formales por la derogación del régimen tributario previsto en el artículo 57 bis transitorio de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

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