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Bolsillo Familiar Electrónico: cómo funciona y requisitos para obtenerlo

Acá te contamos cómo usar el Bolsillo Familiar Electrónico, la ayuda estatal que va directamente en beneficio de las compras en comercios del rubro alimenticio.

El Bolsillo Familiar Electrónico es un beneficio económico que consiste en una transferencia directa del Estado para complementar las compras presenciales de productos con la tarjeta CuentaRUT en comercios registrados con rubro alimenticio que tengan disponible una máquina de pago.

El aporte del BFE es un monto de $13.500 por causante que se transfiere mensualmente a partir del 1 de mayo hasta el 31 de diciembre del 2023.

¿Cómo funciona el Bolsillo Familiar Electrónico?

Este beneficio no es postulable y se entrega a los beneficiarios mediante la Cuenta Rut del Banco Estado, donde podrá servir como complemento de compra por un porcentaje del 20% del total o por la compra total del saldo disponible del beneficio, sin límite porcentual para cada compra.

En ambos casos, el resultado de la compra puede salir aceptado o rechazado.

  • “Compra aceptada”, si el saldo disponible en  la respectiva cuenta asociada al BFE permite completar el valor de la compra o en caso de no completarlo, lo hace el saldo disponible de la cuenta asociada al BFE.
  • “Compra rechazada”, si el saldo disponible del BFE junto con aquel disponible en la cuenta asociada no permiten completar el valor total de la compra.

Además, está la posibilidad de desactivar el Bolsillo, lo que significa que se utilizará para la compra solo el saldo disponible en su cuenta personal a la cual se encuentra disponible el BFE.

Requisitos para obtener el Bolsillo Familiar Electrónico

  • Causantes de la Asignación Familiar y de la Asignación Maternal, del Sistema Único de Prestaciones Familiares.
  • Causantes del Subsidio Familiar (SUF).
  • Causantes de las familias usuarias del subsistema Seguridades y Oportunidades y las familias, pertenecientes al subsistema Chile Solidario, tales como:
  • Persona con discapacidad, debidamente acreditada conforme con la calificación y certificación establecida en el artículo 13 de la Ley Nº 20.422.
  • Estudiante con necesidades educativas especiales de carácter permanente que participe del Programa de Integración Escolar del Ministerio de Educación.
  • Estudiante matriculado en establecimiento educacional con modalidad de educación especial, reconocido por el Ministerio de Educación.
  • Estudiante de 18 años a 24 años con 11 meses.
  • Menores de 18 años de edad.