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Bono Dueña de casa: cuándo se paga y qué monto me correspondería

Este aporte contribuye a la economía familiar durante un periodo de 24 meses. ¿Cómo puedes acceder a dicho beneficio y cuál es el total que recibirías?

MARCELO HERNANDEZ/ATONCHILE

El Bono Dueña de Casa es un aporte económico que está dirigido a las familias y personas que sean usuarias del Subsistema de Protección Social Seguridades y Oportunidades para facilitar la participación a los programas de Chile Seguridades y Oportunidades. El aporte contribuye a la economía familiar durante un periodo de 24 meses.

¿Cuándo pagan el Bono Dueña de Casa?

Generalmente, el Bono Dueña de Casa se paga durante los primeros quince días de cada mes, pero para consultar la fecha exacta y forma de pago de este beneficio u otros que tengas del Instituto de Previsión Social (IPS) puedes hacerlo desde AQUÍ.

¿Qué necesitarás para acceder a esa información? Sólo ingresar tu RUT en el enlace anteriormente mencionado.

¿Hay requisitos para recibirlo?

El único requisito que exige el beneficio es que la mujer que opta al Bono Dueña de Casa debe haber aceptado la invitación a participar en uno de los programas de Chile Seguridades y Oportunidades

Es decir, para los programas (Familias, Abriendo Caminos, Calle o Vínculos).

¿Qué monto entrega el beneficio?

  • Los primeros 6 meses, el bono asciende a $21.823.
  • Mes 7 al mes 12: $16.608.
  • 13 al 18: $11.419.
  • 19 al 24: $16.828. (valor corresponde a monto SUF).

¿Cómo se paga?

  • Depósito electrónico: Se podrá recibir el pago en la cuenta bancaria de la persona cobradora de la familia o mediante la CuentaRUT.
  • Pago presencial: Se podrá realizar el cobro en la Caja de Compensación Los Héroes y en sucursales de BancoEstado correspondiente al domicilio del usuario, donde debe ir con su cédula de identidad el usuario o el representante de la familia que cobra el resto de los beneficios familiares.

¿Cuál es el orden de prioridad?

El beneficio contempla un orden de prioridad para recibir los pagos, estos son:

  • Prioridad 1: Madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez o con discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
  • Prioridad 2: Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
  • Prioridad 3: Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
  • Prioridad 4: Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
  • Prioridad 5: Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.
  • Prioridad 6: En caso que no sea aplicable ninguna de las prioridades anteriores, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.