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Bono Invierno 2024: cómo consultar con mi RUT si cobro el nuevo monto hoy, 26 de abril, y fechas de pago del aporte

El beneficio constituye una ayuda importante para las familias de cara a la etapa invernal que se aproxima. Conoce acá los principales detalles.

Bono Invierno 2024: cómo consultar con mi RUT si cobro el nuevo monto hoy, 26 de abril, y fechas de pago del aporte
JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILE

La etapa invernal de lluvias y bajas temperaturas se encuentra cada vez está más cerca. Con esto, también se aproxima la entrega del Bono Invierno, uno de los beneficios más importantes durante esta época del año. La ayuda consiste en un monto único de dinero y al que no es necesario postular, pues se entrega de manera automática junto a la pensión.

Las personas beneficiadas recibirán $77.982 y el aporte vendrá incluido en la pensión del próximo mes de mayo. Quienes cobren la jubilación de manera presencial tendrán que presentar su cédula de identidad para retirar el dinero en el lugar habitual de pago.

¿Cuáles son los requisitos para acceder al Bono Invierno?

  • Pensionados cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio y que sean de: Instituto de Previsión Social, Instituto de Seguridad Laboral, Cajas de Previsión (Dipreca y Capredena) o Mutualidades de Empleadores.
  • Pensionados del sistema establecido en el Sistema de Pensiones de Vejez (1980), que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
  • Pensionados del Sistema de Pensiones de Vejez (1980) que se encuentren recibiendo un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.
  • Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU), siempre que no tuvieran derecho a otra pensión en algún régimen previsional.
  • Pensionados de algún régimen previsional que, adicionalmente, se encuentren recibiendo una PGU y cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.