Bono Invierno 2024: fechas, montos, requisitos y cómo postular
El beneficio registró un incremento en la cifra final del aporte para este año. Revisa acá todos los detalles.

El Bono Invierno es uno de los aportes importantes que recibe gran parte de la población de la tercera edad en el país. El beneficio es una ayuda económica para las personas desde los 65 años de edad.
Fechas
Recién estamos en enero de 2024, de modo que todavía no existe una fecha exacta para el pago del Bono Invierno. Sin embargo, las autoridades sí confirmaron que el aporte se entregará en el mes de mayo.
Como ocurre cada año, la ayuda económica se irá pagando según la fecha en que se deposite la pensión del beneficiario. El Bono Invierno se cancela junto al pago de la pensión.
Monto
La cifra en 2024 del del Bono Invierno 2024 ascenderá a $77.982. El aporte se entregará solo una vez y en una cuota. Este año, el monto experimentó un incremento, debido a que en 2023 llegó a $74.767.
Postulación
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Al Bono Invierno 2024 no se postula y no se realiza tampoco ningún tipo de trámite para obtenerlo. Esta ayuda se entrega en forma automática a todas las personas que cumplen los requisitos.
Los destinarios del aporte son:
- Pensionados cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio y que sean de:
Instituto de Previsión Social.
Instituto de Seguridad Laboral.
Cajas de Previsión (Dipreca y Capredena).
Mutualidades de Empleadores.
- Pensionados del sistema establecido en el Sistema de Pensiones de Vejez (1980), que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
- Pensionados del Sistema de Pensiones de Vejez que se encuentren recibiendo un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.
- Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU), siempre que no tuvieran derecho a otra pensión en algún régimen previsional.
- Pensionados de algún régimen previsional que, adicionalmente, se encuentren recibiendo una PGU y cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.

