ACTUALIDAD

Clienta de Enel vence en juicio contra la compañía eléctrica: le realizaban cobros sin respaldo desde 2022

“Enel ha pretendido justificar su incumplimiento en que no es posible reversar el cobro, alegación que no será atendida”, señaló el fallo.

Clienta de Enel vence en juicio contra la compañía eléctrica: le realizaban cobros sin respaldo desde 2022
JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILE
Actualizado a

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección impetrado y le ordenó a Enel finalizar los cobros de consumo sin respaldo a una clienta desde el año 2022.

Según lo informado por el Poder Judicial, la Octava Sala del tribunal de alzada -de forma unánime- consideró arbitrario la decisión que no cumplió las instrucciones de la autoridad fiscalizadora y le instruyó además revertir los cobros realizados desde el año 2022.

Todo se originó a raíz del cobro de la copa de agua en su boleta particular, lo que no correspondería ya que “se encuentra en los gastos comunes de su condominio”.

La clienta alegó que desde 2023 intentó a través de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) que ENEL detenga su cobro de la copa de agua y devuelva lo cobrado ya que la empresa ha hecho caso omiso de lo determinado por la superintendencia.

El portazo que recibió Enel

De acuerdo con la Corte de Apelaciones, Enel “no ha acreditado haber dado cumplimiento a lo ordenado, pues no acompañó antecedentes que demuestren que actualmente no cobra el servicio y que, efectivamente, reversó el cobro realizado, de acuerdo con lo resuelto por la SEC”.

Noticias relacionadas

“Enel ha pretendido justificar su incumplimiento en que no es posible reversar el cobro, alegación que no será atendida toda vez que la decisión de la autoridad se encuentra firme tras no haberse cuestionado lo resuelto”, destacó en su fallo.

Para la Corte de Apelaciones de Santiago, la negativa de Enel a cumplir con las instrucciones emitidas por la autoridad sectorial, “vulnera el principio de juridicidad que rige a los órganos y empresas sometidos a regulación administrativa, actuación ilegal y arbitraria que vulnera el derecho de propiedad del recurrente, consagrado en el artículo 19 N°24 de la Constitución Política de la República".

Etiquetado en:
Comentarios
Normas

Rellene su nombre y apellidos para comentar

Te recomendamos en Actualidad