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Coronavirus Chile: cuáles serán los nuevos protocolos en colegios y a partir de cuándo
Queda muy poco para que comiencen a implementarse las modificaciones al Protocolo de medidas sanitarias y vigilancia epidemiológica. ¿Cómo será en los colegios?
A partir del 1 de octubre, comenzarán las modificaciones al Protocolo de medidas sanitarias y vigilancia epidemiológica para establecimientos educacionales que fue anunciado por el Ministerio de Educación hace unos días. Con el actual escenario epidemiológico, se permitió avanzar hacia una apertura de las medidas de prevención y control de la pandemia de Covid-19.
¿Cuáles serán los nuevos protocolos sanitarios en colegios?
El uso de mascarillas ya no será obligatorio en educación parvularia, básica ni media, ni en ninguna modalidad del sistema educativo. En este sentido, la decisión de utilizarla al interior de las salas de clases es únicamente de cada estudiante y apoderado/a. Además, todas las actividades se seguirán realizando de manera presencial y la asistencia será obligatoria.
Como ya se ha alcanzado más del 80% de cobertura de vacunación en los estudiantes a nivel nacional, también se eliminó la restricción de aforos en todos los espacios de los establecimientos educacionales, propiciando el distanciamiento en las actividades cotidianas cuando esto sea posible.
Algunas de las medidas de prevención que se mantienen vigentes son la ventilación de las salas de clases, el lavado de manos con jabón o uso de alcohol gel cada 2 o 3 horas, y recordar a la comunidad estar alertas ante la presencia de síntomas de COVID-19 y no enviar a las y los estudiantes ante síntomas respiratorios.
Asimismo, desde Mineduc, se recomienda a los establecimientos revisar el estado de vacunación por cada curso en la página de actualización semanal vacunacionescolar.mineduc.cl/ e incentivar la vacunación en los cursos que se encuentren bajo el umbral de 80%.
¿Qué medidas habrá ante alerta de brotes?
En el documento se establecen acciones y medidas específicas ante casos de sospecha, confirmación o alerta de COVID-19.
Asimismo, cambia el accionar ante alerta de brotes. En este sentido, si en un lapso de 7 días hay 3 o más casos confirmados de Covid-19 en un curso; o 7 casos o más en el establecimiento, la autoridad sanitaria revisará el caso y tomará las medidas a seguir.
Ahora, la dirección del establecimiento deberá informar a la autoridad sanitaria regional y será la seremi de Salud la que evaluará toda la información respecto a cada situación en particular y establecerá medidas a partir de criterios y variables preestablecidas.