¿Cuándo vence mi Subsidio Familiar?: cuánto dura y cómo extenderlo
Este beneficio es un aporte mensual que está destinado a personas de escasos recursos. Acá te contamos cuál es su duración.

El Subsidio Familiar es un beneficio destinado a personas de escasos recursos, que pertenecen al 60 por ciento de la población nacional socioeconómicamente más vulnerable, según el Registro Social de Hogares (RSH).
El SUF considera un monto de $20.328 por cada carga familiar que acredites. Si se trata de una persona con discapacidad, el monto será de $40.656.
¿Cuándo vence el Subsidio Familiar?
El Subsidio Familiar tiene una duración de tres años a partir del mes en que comenzó a recibirse. Para seguir recibiéndolo después de estos tres años, se debe hacer una renovación en la municipalidad correspondiente.
Para realizar el trámite se deben presentar los siguientes documentos:
- Certificado de nacimiento de la o el menor.
- Fotocopia de carné de control de niño sano al día (menores de 6 años).
- Certificado de alumno regular (mayores de 6 años).
- Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al Subsidio Maternal.
- Deberá acreditarse la condición de personas con discapacidad intelectual mediante la declaración de la COMPIN correspondiente al domicilio del causante.
- La mujer embarazada deberá presentar certificación que acredite que se encuentra en el quinto mes de embarazo.
- En caso de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.
¿Cuáles son los requisitos para el Subsidio Familiar?
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Son beneficiarias las personas que no están en condición de proveer la mantención y crianza de sus causantes:
- La madre.
- El padre.
- Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.
- Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad de cualquier edad que vivan a sus expensas.
- Embarazadas (como Subsidio Maternal).
- ¿A quiénes se considera causantes?
- Menores de edad que participen de los programas de salud establecidos por el Minsal.
- Causante con discapacidad intelectual de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o de algún tipo de pensión asistencial.
- Estén en situación de discapacidad de cualquier edad.
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