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¿Cuándo vence mi Subsidio Familiar?: cuánto dura y cómo extenderlo

Este beneficio es un aporte mensual que está destinado a personas de escasos recursos. Acá te contamos cuál es su duración.

Luis Reyes
JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILE

El Subsidio Familiar es un beneficio destinado a personas de escasos recursos, que pertenecen al 60 por ciento de la población nacional socioeconómicamente más vulnerable, según el Registro Social de Hogares (RSH).

El SUF considera un monto de $20.328 por cada carga familiar que acredites. Si se trata de una persona con discapacidad, el monto será de $40.656.

¿Cuándo vence el Subsidio Familiar?

El Subsidio Familiar tiene una duración de tres años a partir del mes en que comenzó a recibirse. Para seguir recibiéndolo después de estos tres años, se debe hacer una renovación en la municipalidad correspondiente.

Para realizar el trámite se deben presentar los siguientes documentos:

  • Certificado de nacimiento de la o el menor.
  • Fotocopia de carné de control de niño sano al día (menores de 6 años).
  • Certificado de alumno regular (mayores de 6 años).
  • Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al Subsidio Maternal.
  • Deberá acreditarse la condición de personas con discapacidad intelectual mediante la declaración de la COMPIN correspondiente al domicilio del causante.
  • La mujer embarazada deberá presentar certificación que acredite que se encuentra en el quinto mes de embarazo.
  • En caso de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.

¿Cuáles son los requisitos para el Subsidio Familiar?

Son beneficiarias las personas que no están en condición de proveer la mantención y crianza de sus causantes:

  • La madre.
  • El padre.
  • Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.
  • Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad de cualquier edad que vivan a sus expensas.
  • Embarazadas (como Subsidio Maternal).
  • ¿A quiénes se considera causantes?
  • Menores de edad que participen de los programas de salud establecidos por el Minsal.
  • Causante con discapacidad intelectual de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o de algún tipo de pensión asistencial.
  • Estén en situación de discapacidad de cualquier edad.

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