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¿Cuánto cobra un vocal de mesa en las Elecciones Presidenciales de Chile 2025 y cuál es el monto de la multa si no se presenta?

El Servel ya habilitó la plataforma para revisar local, mesa y designación como vocal. Los montos, multas y plazos ya están definidos.

¿Cuánto cobra un vocal de mesa en las Elecciones Presidenciales de Chile 2025 y cuál es el monto de la multa si no se presenta?
Italo Morales
Editor General de la edición chilena del Diario AS desde el 2019. Antes trabajó en ATP World Tour y Emol. Máster en SEO por KSchool (Madrid) y SEO Manager en Prisa Chile.
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El Servicio Electoral (Servel) habilitó los datos electorales para las Elecciones Presidenciales y Parlamentarias, que se realizarán el domingo 16 de noviembre en Chile.

La información ya está disponible en consulta.servel.cl, donde se puede revisar el local de votación, la mesa asignada y si una persona fue convocada como vocal de mesa.

Quienes aparezcan designados deberán cumplir este rol de manera obligatoria, ya que la función es considerada un servicio público. El proceso incluye un pago y sanciones para quienes no se presenten.

Cuánto se paga por ser vocal de mesa en 2025

El Servel confirmó que los vocales recibirán un pago de dos tercios de UF, cifra equivalente a unos $26.000. Además, los seleccionados por primera vez recibirán 0,22 UF adicionales, un monto cercano a $8.000, siempre que asistan a la capacitación obligatoria.

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Las mesas deben constituirse a las 15:00 horas del sábado 15 de noviembre, ocasión en la que también se realizará la capacitación previa. En caso de no presentarse sin una causa justificada, los vocales arriesgan multas de 2 a 8 UTM, lo que significa sanciones aproximadas de $138.000 a $554.000.

Excusas para no ser vocal de mesa y plazos para presentarlas

Las excusas pueden ser presentadas hasta el miércoles 29 de octubre ante la Junta Electoral correspondiente. El trámite aplica únicamente si la persona convocada se encuentra en una de las causales permitidas, entre ellas:

  • Tener más de 70 años.
  • Estar fuera del país o vivir a más de 300 kilómetros del local de votación.
  • Estar dentro de las inhabilidades legales o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
  • Encontrarse en embarazo.
  • Ser padre o madre de un menor de dos años.
  • Ser cuidador de adultos mayores o personas con discapacidad o dependencia.
  • Presentar problemas de salud físicos o mentales, acreditados médicamente.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios durante el funcionamiento de las mesas
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