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El bono que se entrega de por vida y asciende a $90 mil pesos: esto debes cumplir para recibirlo

El monto del beneficio para este año, fijado por la Superintendencia de Pensiones, es de $90.877 (al mes). Conoce más detalles aquí.

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El bono que se entrega de por vida y asciende a $90 mil pesos: esto debes cumplir para recibirlo

El Bono Post Laboral es un beneficio que es entregado de por vida a los trabajadores del sector público que cuentan con tasas bajas de reemplazo en sus pensiones.

El monto del beneficio para este año, fijado por la Superintendencia de Pensiones, es de $90.877 (al mes) y las personas que pueden recibirlo son las siguientes:

De acuerdo con la Superintendencia de Pensiones...

Funcionarias públicos afiliados al sistema de AFP que se encuentren en las siguientes reparticiones del Estado:

  • Gobierno central, gobiernos regionales y municipalidades
  • Corporaciones de Asistencia Judicial
  • Universidades estatales
  • Contraloría General de la República
  • Consejo Nacional de Televisión
  • Consejo Superior de Educación
  • Dirección General de Aeronáutica Civil
  • FONADIS
  • SERCOTEC
  • CONAF

Requisitos:

  • Estar afiliada o afiliado al sistema de capitalización individual obligatoria en una administradora de fondos de pensiones.
  • Tener 60 años si eres mujer y 60 si eres hombre.
  • Tener más de 20 años de servicio, continuos o discontinuos, en alguna de las instituciones mencionadas anteriormente.
  • Ser funcionaria o funcionario de planta, contrata o por Código del Trabajo, de una de esas instituciones al momento de solicitar el bono.
  • Haber sido funcionaria o funcionario de alguna de las instituciones mencionadas antes del 1 de mayo de 1981 y tener, al menos, una imposición en el sistema previsional antiguo.
  • Tener una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior a 55%.
  • Cesar en cargo por suspensión del empleo, renuncia voluntaria o por obtener pensión de vejez.

¿Cómo puedo solicitar el Bono Post Laboral?

Debes solicitar el beneficio dentro de los 12 meses siguientes tras cumplir la edad legal de la pensión, ante la jefatura superior del servicio u organismo donde desempeñas tus funciones.