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Elecciones Consejo Constitucional 2023: ¿en qué supuestos puedo solicitar la exclusión del cargo de vocal de mesa?

Los chilenos asistirán los centros de votación para elegir a quienes elaborarán un nuevo proyecto de constitución. Si eres vocal de mesa, puedes invocar razones para excluirte de la obligación legal.

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Elecciones Consejo Constitucional 2023: ¿en qué supuestos puedo solicitar la exclusión del cargo de vocal de mesa?
JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILE

Este domingo se llevarán a cabo las elecciones para escoger a los 50 integrantes del Consejo Constitucional. Los vencedores en los comicios tendrán la responsabilidad de redactar la nueva carta magna del país.

Lo harán, eso sí, en el marco de un anteproyecto diseñado por los 24 miembros del Comité de Expertos. Este órgano fue designado por el Congreso e inició sus funciones en el mes de marzo.

Las votaciones sonde carácter obligatorio. Además, en esta ocasión, no podrán intervenir los ciudadanos chilenos con residencia en el extranjero, puesto que así lo establece la ley al respecto.

Exclusiones

El cada punto de votación, el proceso eleccionario es llevado a cabo por los vocales de mesa. Deben cumplir con la función de instalar la mesa de votación, entregar las papeletas, cuidar del orden y formalismo del acto de sufragio y resolver consultas de los votantes. Son elegidos por la Junta Electoral, que depende del Servel.

La fecha última para excusarse como vocal de mesa ya expiró. El plazo, para cumplir con el trámite, se prolongó entre el 17 y el 19 de abril ante las Juntas Electorales. Posteriormente, y el sábado 22 fue publicada la nómina definitiva de cara al acato eleccionario de este domingo.

Sin embargo, existe la posibilidad de excluirse de la obligación legal. Se puede reclamar alguna de las causales de inhabilidad, que son las siguientes:

  • Ser candidato en la elección de que se trate.
  • Ser cónyuge, pariente consanguíneo o afines de aquellos señalados por ley del candidato de que se trate.
  • Desempeñar cargos de representación popular.
  • Desempeñar ciertos cargos en la administración de gobierno (como ministro de Estado, subsecretario, intendente, gobernador).
  • Desempeñar un cargo en los Tribunales Superiores de Justicia o ser juez o fiscal del Ministerio Público.
  • Ser jefes superiores de servicio.
  • Ser Seremi, contralor o miembro activo de las Fuerzas Armadas o de orden y seguridad.
  • Ser extranjero.
  • Ser no vidente.
  • Ser analfabeto.
  • Haber sido condenado por delitos contemplados en cualquiera de las leyes que regulan el Sistema Electoral Público.