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Es estudiante, mantiene una deuda de 9,9 millones de pesos y la universidad le prohíbe tomar ramos: la Corte Suprema falla

La joven alumna de derecho vivió una particular situación que llegó a la justicia. Luego de un primer fallo, la situación sufrió un inesperado vuelco.

Es estudiante, mantiene una deuda de 9,9 millones de pesos y la universidad le prohíbe tomar ramos: la Corte Suprema falla
Bastian Arriaza
Nació el 2000 en Santiago (Quinta Normal). Periodista practicante en AS Chile, Licenciado en Comunicación Social. En AS ha trabajado en la redacción de noticias y la realización de diversas entrevistas para el sitio web, además de la creación de contenidos para las redes sociales. Amante por sobre todas las cosas del tenis y del fútbol.
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Una curiosa situación se vivió en la Universidad Andrés Bello. Una estudiante de derecho intentó matricularse para su último año académico en la sede de Viña del Mar, pero se encontró con una medida inesperada. La institución le negó la opción de hacerlo, esto debido a una deuda que la alumna mantenía por un monto cercano a los 10 millones de pesos, correspondiente a reprogramaciones y aranceles de años anteriores.

Sin embargo, la joven presentó un recurso de protección a la Corte de Apelaciones de Valparaíso, ya que “vulneraba su derecho a continuar sus estudios”, aludiendo también a que “la universidad debía recurrir a las vías judiciales para cobrar la deuda, sin privarla de su educación por motivos económicos”.

En un principio, el Tribunal revirtió la decisión, ordenando a la Universidad Andrés Bello a permitirle la matrícula. “La forma ajustada al ordenamiento jurídico para exigir el pago es mediante las acciones judiciales correspondientes, resultando ilegítimo utilizar cualquier medio de presión para obtenerlo”, señalaron desde la Corte Suprema. Sin embargo, la situación volvió a sufrir un vuelco.

Giro en la resolución del caso

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La institución académica apeló al recurso impuesto por la alumna y finalmente la Corte Suprema revirtió la decisión luego de decretar que la casa de estudios no cometió ninguna ilegalidad, ya que incluso se respalda por la Ley N°21.091 sobre Educación Superior.

“Sí es posible que la universidad condicione la contratación de un nuevo año académico a exigencias derivadas del pago de los aranceles pendientes”, se expresó en la sentencia. Es decir, la estudiante deberá saldar la deuda para poder matricularse para el 2026.

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