ADN RadioConcierto Radio
NewslettersRegístrateAPP
españaESPAÑAchileCHILEcolombiaCOLOMBIAusaUSAméxicoMÉXICOusa latinoUSA LATINOaméricaAMÉRICA

Actualidad

Fondo de Cesantía Solidario: ¿quiénes pueden acceder y de cuánto es el monto tras el reajuste?

Este fondo garantiza beneficios mínimos a afiliados que no cuentan con recursos suficientes en su cuenta individual de cesantía.

Luis Reyes
Fondo de Cesantía Solidario: ¿quiénes pueden acceder y de cuánto es el monto tras el reajuste?

El Ministerio del Trabajo y Previsión Social publicó el reajuste a los montos superiores e inferiores que otorga el Fondo de Cesantía Solidario (FCS).

Este beneficio está destinado a las personas que se encuentran sin trabajo y con recursos insuficientes en su Cuenta Individual de Cesantía para solicitar el Seguro de Cesantía, siempre que cumplan otros requisitos.

¿Quiénes pueden acceder al Fondo de Cesantía Solidario?

La persona debe estar cesante al momento de solicitarlo y tener recursos insuficientes en la Cuenta Individual de Cesantía. Además de esos dos puntos, los requisitos que exige la AFC Chile para otorgar los pagos del Fondo de Cesantía Solidario son los siguientes:

  • Contar con 12 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario durante los 24 meses (dos años) anteriores al despido. El organismo explica que estas “deben estar abonadas con anterioridad a la fecha de término del contrato laboral. Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o desde el último cobro del seguro, hasta el mes anterior al término de la relación laboral”.
  • Las tres últimas cotizaciones deben ser continuas y con el mismo empleador; es decir, deben corresponder a tres meses consecutivos y haber sido pagadas por la misma empresa.
  • Tener cuenta activa en la Bolsa Nacional de Empleo (BNE) y aceptar las oportunidades laborales y de capacitación que ofrece la plataforma.

¿Cuánto es el monto tras el reajuste al Fondo de Cesantía Solidario?

De acuerdo a lo publicado en el diario oficial, desde ahora y hasta el 29 de febrero de 2024, estos son los valores superiores e inferiores para quienes cuenten con plazo indefinido.

Ampliar
Ampliar

La segunda tabla es para quienes tenían un contrato a plazo fijo, para una obra, trabajo o servicio determinado. Los montos se mantienen.