ACTUALIDAD

Fue creado con la reforma de pensiones y llegará a miles de chilenos: ¿Desde que edad se entrega el Beneficio por años cotizados?

Se trata de un aporte mensual adicional en Unidades de Fomento a las personas pensionadas por vejez o invalidez en AFP o compañías de seguros.

Fue creado con la reforma de pensiones y llegará a miles de chilenos: ¿Desde que edad se entrega el Beneficio por años cotizados?
Víctor Maldonado
Periodista en las secciones de Fútbol y Más Deporte. Referente a la última, tiene un especial fanatismo por el tenis. Entró a Diario AS en 2019 a realizar su práctica profesional. Dos años más tarde se integró de manera estable a la redacción del sitio. Es titulado de Periodismo con Mención en Comunicación Digital por la Universidad Finis Terrae.
Actualizado a

El Beneficio por años cotizados es uno de los aportes estatales más esperados por los chilenos. Aunque existen topes, la gracia está en reconocer la trayectoria de quienes han cotizado por mucho tiempo.

¿Cuáles son los requisitos?

Según lo que fija la reforma, hay dos requisitos clave para recibir el llamado Beneficio por Años Cotizados, que no es postulable, ya que al pensionarse en el sistema de AFP o compañías de seguros, la persona pasa a ser beneficiaria automáticamente, si cumple con los requisitos.

Primero, tanto hombres como mujeres deben tener 65 años o más al momento de solicitarlo, ya sea como jubilados actuales o aquellos que estén solicitando su pensión en el futuro.

Además, tienen que haber cotizado al menos un mínimo histórico: las mujeres 10 años (120 meses) y los hombres 20 años (240 meses), ya sean continuos o discontinuos.

Noticias relacionadas

Eso sí, hay un matiz para las mujeres: el requisito de cotización irá aumentando gradualmente hasta llegar a los 15 años (180 meses), según establece la ley. Mientras, el beneficio consiste en 0,1 UF por cada año cotizado, con un tope de 25 años, o sea, hasta 2,5 UF en total.

¿Cuándo se comenzará a pagar?

La puesta en marcha está contemplada para enero de 2026, que es cuando empezarán a pagarse estos beneficios, ya sea para quienes ya están pensionados o para quienes se jubilen después de alcanzada la edad y los años cotizados.

Etiquetado en:
Comentarios
Normas

Rellene su nombre y apellidos para comentar

Te recomendamos en Actualidad