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IFE Laboral: cómo saber si puedo volver a postular y montos
El IFE Laboral es uno de los beneficios monetarios del Estado para los nuevos trabajadores formales.
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Luego de duros años para la empleabilidad del país, se creo el beneficio IFE Laboral, el cual buscaba incentivar a la contratación de nuevos puestos de trabajo, entregándole un monto adicional al sueldo al trabajador/a por el periodo de 3 meses.
A pesar de que muchas personas ya han sido beneficiarias de éste, debido a la cantidad de tiempo que se lleva entregando, muchos/as se encuentran en nuevas situaciones laborales, por lo que surge la duda respecto a las condiciones de una nueva postulación.
¿Cómo saber si puedo postular nuevamente al IFE Laboral?
Los requisitos que establece el gobierno para la entrega de esta ayuda monetaria, son claros:
- Tener un nuevo contrato de trabajo (en el mes en curso o máximo el mes anterior a la postulación). SENCE revisará que no registre cotizaciones de pensión y/o salud en los 3 meses previos por el mismo empleador por el que postula a este beneficio.
- Tener una remuneración mensual bruta imponible menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($1.050.000).
- Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo. SENCE revisará que no registre cotizaciones de pensión y/o salud por cualquier empleador el mes anterior al inicio de su nuevo contrato.
- Al postular se debe ingresar los datos de la cuenta Rut o corriente para el depósito en caso de que seas beneficiario/a. Esta cuenta debe estar asociada al RUT del postulante.
¿Cuáles son los montos?
Este beneficio que se entrega por tres meses, tiene algunos diferenciados:
Hombres entre 24 y 55 años:
- Periodos de remuneración hasta junio de 2022: 50% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $200.000 mensuales.
- Periodos de remuneración desde julio a diciembre de 2022: 25% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $100.000 mensuales.
Mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez:
- Periodos de remuneración hasta junio de 2022: 60% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $250.000 mensuales.
- Periodos de remuneración desde julio a diciembre de 2022: 60% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $300.000 mensuales.