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IFE Laboral: cómo saber si puedo volver a postular y montos
El IFE Laboral es uno de los beneficios monetarios del Estado para los nuevos trabajadores formales.
Luego de duros años para la empleabilidad del país, se creo el beneficio IFE Laboral, el cual buscaba incentivar a la contratación de nuevos puestos de trabajo, entregándole un monto adicional al sueldo al trabajador/a por el periodo de 3 meses.
A pesar de que muchas personas ya han sido beneficiarias de éste, debido a la cantidad de tiempo que se lleva entregando, muchos/as se encuentran en nuevas situaciones laborales, por lo que surge la duda respecto a las condiciones de una nueva postulación.
¿Cómo saber si puedo postular nuevamente al IFE Laboral?
Los requisitos que establece el gobierno para la entrega de esta ayuda monetaria, son claros:
- Tener un nuevo contrato de trabajo (en el mes en curso o máximo el mes anterior a la postulación). SENCE revisará que no registre cotizaciones de pensión y/o salud en los 3 meses previos por el mismo empleador por el que postula a este beneficio.
- Tener una remuneración mensual bruta imponible menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($1.050.000).
- Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo. SENCE revisará que no registre cotizaciones de pensión y/o salud por cualquier empleador el mes anterior al inicio de su nuevo contrato.
- Al postular se debe ingresar los datos de la cuenta Rut o corriente para el depósito en caso de que seas beneficiario/a. Esta cuenta debe estar asociada al RUT del postulante.
¿Cuáles son los montos?
Este beneficio que se entrega por tres meses, tiene algunos diferenciados:
Hombres entre 24 y 55 años:
- Periodos de remuneración hasta junio de 2022: 50% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $200.000 mensuales.
- Periodos de remuneración desde julio a diciembre de 2022: 25% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $100.000 mensuales.
Mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez:
- Periodos de remuneración hasta junio de 2022: 60% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $250.000 mensuales.
- Periodos de remuneración desde julio a diciembre de 2022: 60% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $300.000 mensuales.