IFE Laboral, Salario Mínimo e Ingreso Mínimo Garantizado | Últimas noticias, montos y fechas de pago, 5 de junio
Conoce las novedades sobre el IFE Laboral, el aumento del Sueldo Mínimo y todo lo que necesitas para obtener el Ingreso Mínimo Garantizado.
El aumento de la inflación se ha transformado en una de las grandes problemáticas para el Ejecutivo, ya que afecta a cientos de hogares en Chile. Por ello el Gobierno ha implementado una serie de ayudas, que cada día cobran mayor relevancia para la población, como son el Ingreso Familiar de Emergencia, el Salario Mínimo y el Ingreso Mínimo Garantizado.
IFE Laboral
Esta ayuda tiene como objetivo incentivar la creación de nuevos puestos de trabajo en el país. Por lo mismo, el aporte está orientado a que los trabajadores y trabajadoras se empleen formalmente en el territorio nacional.
Aquellos que postulen al IFE Laboral hasta el 31 de julio de 2022 tendrán derecho a recibir hasta tres meses de pago, siempre que permanezcan empleados.
En tanto, las personas que sean beneficiarias entre agosto y septiembre de 2022 tendrán derecho a recibir hasta dos y un mes de pago, respectivamente. En estos casos, también deben mantenerse trabajando y cumplir con las exigencias del aporte del Estado.
Salario Mínimo en Chile
Una de las últimas novedades es el aumento del Sueldo Mínimo, proyecto del Ejecutivo que espera llegar a un salario de $500 mil para cada trabajador.
A través de dos fases se implementará esta medida, la primera meta se concretó el domingo 1 de mayo, ya que el monto ascendió de $350 mil a $370 mil pesos. Mientras que, la segunda alza se realizaría durante el mes de agosto, donde se espera llegar a los $400.000.
Ingreso Mínimo Garantizado
El aporte del Estado permite aumentar los ingresos de los trabajadores de manera que se garantice un sueldo líquido mínimo de $340.817.
Para acceder a esta ayuda social, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Ser trabajador dependiente.
- Tener contrato suscrito al Código del Trabajo.
- Tener un sueldo bruto menor a $452.477.
- Contar con un contrato con jornada ordinaria superior a 30 y hasta 45 horas semanales.
- Calificar dentro del tramo del 90% del Registro Social de Hogares (RSH).