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Ni transferencias, ni traspasos: los movimientos que los bancos deben informar al SII

La nueva ley que modificó el Código Tributario obligará a los bancos e instituciones financieras a informar movimientos desde una cierta cantidad. Entérate de los detalles.

Valparaiso, 12 de julio de 2024.
Imagen referencial sobre fondos previsionales.
Raul Zamora/Aton Chile
RAUL ZAMORA/ATON CHILE
Nicolás Lara
Actualizado a

En octubre de 2024 se aprobó la nueva Ley de Cumplimiento Tributario, la que obliga a los bancos a informar al Servicio de Impuestos Internos (SII) cuando un cliente reciba una cantidad específica de transferencias o depósitos al mes.

Esta medida busca evitar la elusión de impuestos mediante este tipo de plataforma. Sumada a esta ley, existen otros movimientos que los bancos están obligados a informar.

¿Cuáles son los movimientos que los bancos están obligados informar al SII?

Según la Ley n° 21.453 del Código Tributario, las entidades financieras estarán obligadas a informar al SII sobre saldos o abonos que de forma individual o en su conjunto registren un monto igual o superior a las 1.500 UF, lo que equivaldría a poco más de 57 millones de pesos.

Según explica la ley, las cuentas que pueden ser estudiadas son “cuentas corrientes bancarias, depósitos a plazos, depósitos a la vista o vales vista y cuentas a la vista”.

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Se incluyen también las “cuentas de ahorro a plazo, cuentas de ahorro a la vista, cuentas de ahorro a plazo para la vivienda, cuentas de ahorro a plazo con giros diferidos, y cuentas de ahorro a plazo para la Educación Superior reguladas por el Banco Central de Chile conforme al artículo 35, N° 1, de su ley orgánica”.

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