Operación Renta 2022: qué pasa si no hago la declaración y multas
Realizar el trámite en el Servicio de Impuestos Internos (SII) es una obligación legal y la ley es bien clara respecto de las sanciones por incumplir la norma.
La Operación Renta consiste en una trámite, ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) que les permite a contribuyentes, empresas y personas, declarar sus rentas o ingresos anuales, cumpliendo así con las obligaciones tributarias anuales. Según sea la situación de la persona, esta puede recibir una devolución de dinero o deberá pagar impuestos.
Qué pasa si no hago la declaración
Cumplir con el trámite en el SII es una obligación legal de todos los contribuyentes. Si no lo hacen , serán citados a las unidades del Servicio de Impuestos Internos a lo largo del país.
Asimismo, este incumplimiento tributario significará la anotación tributaria de “no declarante F22″ en los registros de la entidad recaudadora de impuestos. Esto les impedirá realizar algunos trámites del SII.
Las personas que cumplieron con la siguientes condiciones en 2021 están obligadas a realizar la Operación Renta 2022:
- Poseer un ingreso anual superior a los $8.775.702, salvo que este corresponda a sueldos de un solo empleador o pagador.
- Tener más de un empleador o pagador.
- Trabajar a honorarios y quieran optar a la cobertura parcial para sus cotizaciones previsionales.
- Efectuar el segundo retiro voluntario del 10% de la AFP, de acuerdo a lo establecido en la Ley 21.295, y tienen un ingreso tributable superior a 30 UTA ($19.501.560).
- Solicitar el Préstamo Solidario en 2020, ya que en esta Operación Renta se calcula y paga la primera cuota que corresponde al 10% del monto solicitado. Quienes prepagaron el monto total del préstamo 2020, deben declarar si tuvieron retenciones adicionales en su sueldo o boleta de honorarios, para solicitar la devolución de excedentes.
Multas
La ley establece también que las personas que no cumplan con la Operación Renta 2022 recibirán una sanción monetaria. La normativa indica que “el hecho de no haber presentado su declaración dentro del plazo legal, generará multas e intereses a su declaración”.
La sanción será una multa equivalente al 10% de los impuestos adeudados, más un 2% por cada mes o fracción de mes de retraso. Sin embargo, en ningún caso la multa, en total, excederá el 30% de los impuestos adeudados.