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Pensión Anticipada de vejez: montos, requisitos y quiénes pueden solicitarla

Revisa aquí todos los detalles respecto a este beneficio de jubilación antes de la edad preestablecida por la Ley.

JAVIER SALVO/ATON CHILE

La Pensión Anticipada de Vejez se trata de un sistema que permite a personas, prontas a jubilar, solicitar el monto que llevan ahorrado en sus cuentas durante sus años de trabajo, en una edad previa a la que estipula la Ley.

En Chile, según el Decreto de Ley 3.500, los trabajadores/as pueden jubilarse y hacer uso de sus fondos de pensión una vez cumplidos los 65 años, en el caso de los hombres. En tanto a las mujeres, la diferencia es un poco menor: 60 años.

¿Quiénes pueden optar a la Pensión Anticipada de Vejez?

Según lo estipulado en los requisitos, podrán optar a esta pensión temprana quienes reúnan alguna de las siguientes características:

  • Quienes posean un saldo mayor o igual al 70% del promedio de las remuneraciones imponibles percibidas y rentas declaradas, en los últimos diez años anteriores al mes en que se acogen a pensión.
  • Quienes cuenten con 10 años o más en el Sistema de Afiliación de Pensiones o, también quienes sumado el tiempo de cotización en el antiguo sistema, no sea inferior a una década.
  • Quienes, al calcular su monto de pensión, obtengan como resultado un monto igual o superior al 80% por ciento de la pensión máxima con aporte solidario vigente a la fecha de la solicitud de pensión, es decir, a 12 UF.

¿Cómo solicitarla?

El trámite se realiza directamente con la AFP de cada individuo, donde los documentos pueden variar.

Sin embargo, lo que sí o sí se necesita es la cédula de identidad, certificado de nacimiento y matrimonio (en caso de contar con uno) y el formulario completado del beneficio.