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Plebiscito de Salida: ¿en qué casos tengo permitido no votar?¿cómo lo demuestro?

A diferencia de los diversos procesos electorales que hemos vivido en el último par de año, el Plebiscito de Salida es obligatorio. ¿Cómo puedo excusarme? Revisa las respuestas aquí.

Luego de mucha espera, las votaciones del Plebiscito de Salida del próximo 4 de septiembre, se acercan cada vez más, y con ello muchas dudas acerca de su carácter obligatorio.

Este día se votará la propuesta de Nueva Constitución realizada por la Convención Constitucional elegida democráticamente el pasado mayo del 2021.

Durante esta oportunidad, las urnas estarán abiertas desde las 08.00 hasta las 18.00hrs. Sin embargo, recibirán los votos de todos quienes se encuentren en el local de votación hasta ese horario.

En esta oportunidad, se espera gran afluencia de votantes, debido al carácter obligatorio de ésta.

No obstante, hay personas que se verán imposibilitadas de ejercer su derecho por diversas razones...

¿Cómo me puedo excusar ante el SERVEL para no votar?

En esta oportunidad, solo son 4 las razones para quienes no puedan asistir:

  • Enfermedad que impida salir a la persona al local de votación.
  • Ausencia del país.
  • Impedimento grave, el cual deberá ser debidamente acreditado ante el juez competente.
  • Encontrarse a más de 200 kilómetros de el lugar donde se encuentra registrado para votar (local de votación).

¿Qué sucede si no voto injustificadamente?

En caso de no acreditar correctamente la ausencia, el o la persona deberá acudir al Juzgado de Policía Local cuando sea notificado luego del plebiscito.

En esta oportunidad a quienes no se justifiquen debidamente, se les aplicará una multa de 3 UTM (180.000 CLP aproximadamente).