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Revelan las personas que no podrán ser vocales de mesa en las Elecciones 2024 en Chile

Hay un grupo de personas que no podrá cumplir este rol, en base a la nueva ley 21.693. Las elecciones son el 26 y 27 de octubre.

Revelan las personas que no podrán ser vocales de mesa en las Elecciones 2024 en Chile
Víctor Maldonado
Periodista en las secciones de Fútbol y Más Deporte. Referente a la última, tiene un especial fanatismo por el tenis. Entró a Diario AS en 2019 a realizar su práctica profesional. Dos años más tarde se integró de manera estable a la redacción del sitio. Es titulado de Periodismo con Mención en Comunicación Digital por la Universidad Finis Terrae.
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Este próximo 26 y 27 de octubre se efectuarán las Elecciones Municipales y Regionales, donde se votará por Gobernadoras o Gobernadores, Consejeras o Consejeros, Alcaldesas o Alcaldes y Concejalas o Concejales. El sufragio, por ley, es obligatorio.

Así, el sábado 5 de octubre, el Servel informará a los vocales de mesa, pero éste año habrá una salvedad: la nueva ley 21.693 indica que quienes hayan sido vocales en el período de dos elecciones, no podrán ser asignadas nuevamente para esta función en un lapso de ocho años.

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Así lo indica el artículo 52 de la ley N°18.700 donde se señala que “los vocales designados por las juntas electorales para las mesas receptoras ejercerán dicha función en dos procesos electorales generales consecutivos, sea que se trate de las elecciones presidenciales, parlamentarias, municipales y/o regionales, o de plebiscitos”.

¿Cuál es la multa si soy electo y no voy?

Las multas son cuantiosas: entre dos y ocho Unidades Tributarias Mensuales (UTM), es decir, entre $133.122 y $532.488. No obstante, el castigo económico lo determina el juez de la Policía Local.

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