Trabajó 26 años en una isapre, se jubiló y la empresa no quería pagarle $82 millones: la Corte Suprema dicta sentencia
El máximo tribunal rechazó el recurso de Vida Tres y confirmó que empleada con 26 años de servicio tiene derecho al beneficio pactado colectivamente


La Corte Suprema, máximo tribunal del país, cerró definitivamente una disputa laboral que establece un precedente significativo: las empresas deben honrar las indemnizaciones estipuladas en contratos colectivos cuando los empleados se jubilan, independientemente de si la relación contractual continúa vigente.
La controversia surgió cuando una agente comercial con más de dos décadas y media de trayectoria en la isapre Vida Tres S.A. solicitó el reconocimiento de una compensación por años de servicio tras obtener su pensión por vejez en 2019.
La compañía rechazó el pago argumentando que el vínculo laboral permanecía activo y que la jubilación no representaba una causa legal para finalizar el contrato.
La resolución de la justicia chilena
La disposición controversial establece que “en caso de jubilación por edad legal, invalidez o fallecimiento, y si el contrato ha estado vigente más de un año, la empresa pagará una indemnización de 30 días por cada año de servicio, contra firma de amplio finiquito”.
El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago respaldó inicialmente a la demandante, determinando que la interpretación empresarial intentaba incorporar condiciones adicionales no contempladas originalmente. Los magistrados concluyeron que tal enfoque anulaba el beneficio al someterlo exclusivamente al criterio patronal.
La Corte de Apelaciones santiaguina ratificó posteriormente esta decisión, rechazando las objeciones presentadas por la isapre. Finalmente, la Cuarta Sala de la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de unificación jurisprudencial, argumentando que solo cuestionaba interpretaciones de instancias inferiores sin abordar materias habilitantes para dicho recurso.
Rellene su nombre y apellidos para comentar