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Tercer retiro 10% AFP: en qué se diferencia de los dos primeros y cuándo se podría aprobar

Por el momento, son cuatro las iniciativas presentadas para rescatar fondos y la tramitación aún está en la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados.

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Tercer retiro 10% AFP: en qué se diferencia de los dos primeros y cuándo se podría aprobar
DRAGOMIR YANKOVIC/ATON CHILE

El panorama negativo en relación al avance de la pandemia del coronavirus persiste en el país. Las cifras de nuevos contagiados y personas hospitalizadas se mantienen elevadas, por lo que las medidas de confinamiento van en aumento. Esto sin duda que ocasiona un perjuicio económico en miles de hogares, razón por la que la posibilidad de un tercer retiro desde los fondos de las AFP va adquiriendo mayor fuerza.

En qué se diferencia de los dos primeros

Las dos iniciativas anteriores contemplaron un monto mínimo de retiro de 35 UF ($1 millón aproximadamente) y una cifra máxima de 150 UF ($4.300.000). El dinero extraído no fue considerado renta, de modo que quedó exento de impuestos, y además incluyeron la retención de fondos en los casos de afiliados morosos en el pago de pensiones de alimentos.

En la actualidad, son cuatro los proyectos de ley sobre un tercer retiro de fondos de las AFP. El primero que fue presentado en el Congreso es el de la diputada Pamela Jiles. La iniciativa busca modificar la Constitución para "establecer y regular un mecanismo excepcional de retiro de parte de los fondos previsionales" y así los cotizantes puedan realizar un nuevo retiro, con un máximo de 150 UF y un mínimo de 35.

El segundo proyecto lo patrocinan los diputados René Alinco, Maya Fernández, Amaro Labra y otros parlamentarios. Se diferencia del de Jiles en que se establece una compensación: "El Estado deberá emitir un bono de reconocimiento que se abonará a los afiliados y pensionados para no mermar su pensión".

La tercera iniciativa fue ingresada por de diputados del PPD. Busca sortear un eventual dictamen del Tribunal Constitucional. Para ello contiene una reforma permanente y no transitoria al artículo 19 de la Constitución, estableciendo un "derecho" de los afiliados a retirar fondos.

La última propuesta la presentó el diputado Jorge Durán. En su aspecto central, contempla que las personas que no se hayan pensionado, tendrán derecho a retirar, por única vez, desde 5 ingresos mínimos mensuales ($326.500 cada uno) hasta un máximo de 150 U.F. desde la cuenta individual.

Cuándo se podría aprobar

En cuanto al tiempo de tramitación en el Congreso, el nuevo presidente de la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, Marcos Ilabaca, afirmó que "una de las primeras tareas que he señalado públicamente que voy a desempeñar va a ser darle una rápida tramitación al tercer retiro del 10%" (...) Esta tramitación va a comenzar la próxima semana, y esperamos tener este tema debatido durante el mes de marzo para que ya en abril podamos estar discutiéndolo en la sala".