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Aguinaldo Fiestas Patrias: montos, requisitos y cómo cobrarlo

Revisa todos los detalles acerca del Aguinaldo de Fiestas Patrias sobre los valores y montos que recibirán los pensionados el próximo mes.

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Aguinaldo Fiestas Patrias: montos, requisitos y cómo cobrarlo

Se aproxima un nueva versión de las Fiestas Patrias a lo largo del territorio nacional , donde el Instituto de Previsión Social entregará nuevamente el Aguinaldo de Fiestas Patrias que se paga tradicionalmente en septiembre de cada año.

A continuación, todos los detalles del beneficio que solo se entrega a un grupo de la sociedad.

¿Cuál es el monto del aguinaldo Fiestas Patrias?

El monto del aguinaldo de Fiestas Patrias se determina cada año de acuerdo a lo indicado en la Ley N° 21.306. El beneficio se entregará a trabajadores que al 31 de agosto se relacionen a cargos públicos.

Anualmente el Instituto de Previsión Social (IPS) entrega este beneficio a pensionados, este año el valor es de $21.882 y se paga de forma automática junto a la pensión de septiembre sin trámites extraordinarios.

¿Cuáles son los requisitos para acceder al aguinaldo?

- Pensionados pertenecientes al Instituto de Previsión Social (IPS), de Dipreca (Carabineros), de Capredena (Fuerzas Armadas), del Instituto de Seguridad Laboral y de las mutualidades de empleadores de la Ley de Acciones del Trabajo; siempre que mantengan esta calidad de beneficiario al 31 de agosto de 2022.
- Pensionados de las AFP, solo si reciben “pensiones mínimas con garantía estatal o el beneficio del Aporte Previsional Solidario”.

¿Cómo cobrar el beneficio?

Según lo informado por el IPS este aguinaldo viene incluido en la pensión mensual, por lo tanto los pensionados no deberán hacer ningún trámite adicional para recibir esta ayuda.

Para el caso de los pensionados del IPS, las personas que cobran en forma presencial recibirán el pago del aguinaldo junto con su pensión en el local de pago habitual, que puede ser de la Caja de Compensación Los Héroes o del BancoEstado.

También se paga vía Cuenta RUT o a través de depósitos en cuentas corrientes o de ahorro, en el caso de aquellos pensionados que tienen establecida alguna de esas modalidades de pago de pensión.