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Así será el nuevo reglamento del grabado de patentes en Chile: qué debo saber y cuáles multas arriesgo

La medida busca reducir el el robo de piezas de vehículos. Se publicó el 14 de mayo en el Diario Oficial y hay un año para regular el grabado.

Así será el nuevo reglamento del grabado de patentes en Chile: qué debo saber y cuáles multas arriesgo
Víctor Maldonado
Periodista en las secciones de Fútbol y Más Deporte. Referente a la última, tiene un especial fanatismo por el tenis. Entró a Diario AS en 2019 a realizar su práctica profesional. Dos años más tarde se integró de manera estable a la redacción del sitio. Es titulado de Periodismo con Mención en Comunicación Digital por la Universidad Finis Terrae.
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Luego de las modificaciones sufridas tras su publicación, el grabado de patentes ya tiene un nuevo reglamento, de acuerdo a la Ley de Tránsito. Habrá 12 meses para regularizar la situación, aunque este plazo sólo valdrá para vehículos particulares. En tanto, para aquellos que comercializan, sólo tendrán cuatro meses.

La Ley N° 21.601, establece que es obligación “marcar los números de la placa patente y el número de chasis en vidrios y espejos de todos los vehículos motorizados que circulen en el país, o sea, los cuatro vidrios laterales, más parabrisas, luneta trasera y espejos”.

¿Qué exige la nueva normativa de patentes?

La nueva normativa de grabado de patentes señala lo siguiente:

- El grabado de, al menos, 6 vidrios (laterales, luneta y parabrisas), además de los 2 espejos laterales. Ello, en caso que el vehículo tuviese más, donde sólo se exigirá el mínimo (ejemplo, furgones o buses). Ahora, si se trata de aquellos que cuenten con menos vidrios o espejos (por ejemplo, motos), la patente deberá estar grabada en todos sus espejos.

- Debe ser un grabado permanente. Vale decir, que haya implicado un desgaste al vidrio y espejo, más allá de la técnica utilizada (arenado, tallado, ácido, etc.)

- Que la letra sea legible, y en formato normal. Es decir, que no use elementos como cursiva o negrita. Y todo, siempre en mayúscula.

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- En cuanto al tamaño del grabado, la normativa exigirá para las letras y dígitos de los vidrios, entre 7 y 10 milímetros de altura.  Por su parte, en los espejos laterales, la altura deberá ser entre 5 y 10 milímetros.

¿A qué multas me arriesgo de no cumplir con esto?

En caso de ser sorprendido circulando sin los respectivos grabados, se arriesga a ser sancionado con una multa desde 1 a 1,5 UTM. Lo anterior equivale a $64.343 hasta $96.515, de acuerdo a los valores de esta unidad a febrero de 2024.

Así deben ir los grabados en los vehículos

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