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Bono por término de conflicto: consulta si eres uno de los beneficiados con $200 mil pesos y cómo recibirlos

Acá te contamos cómo puedes saber si eres uno de los trabajadores del sector público que reciben este aporte como parte del cierre de negociaciones.

Luis Reyes
Actualizado a
Bono por término de conflicto: consulta si eres uno de los beneficiados con $200 mil pesos y cómo recibirlos

Los trabajadores que pertenecen al sector público y hayan finalizado su contrato, poniendo fin a los conflictos laborales, tienen derecho a optar a un beneficio económico conocido como Bono por Término de Conflicto.

Luego de las negociaciones entre el Gobierno y la Mesa del Sector Público CUT- Chile, que representó a los trabajadores del área estatal del país, se determinó que quienes se desempeñan en este ámbito tendrán un reajuste salarial de 4,3 por ciento.

Los niveles y montos a recibir, por el Bono por término de conflicto, son los siguientes:

  • Tramo 1: $200.000 (remuneraciones líquidas de noviembre de 2023 igual o inferior a $893.851).
  • Tramo 2: $100.000 (remuneración bruta de carácter permanente igual o inferior a $3.259.429).

Consulta si eres uno de los beneficiado del Bono por término de conflicto

Según los protocolos estipulados por la Central Unitaria de Trabajadores de Chile (CUT) y el Gobierno, esta aporte económico se otorga durante enero de 2024. Los siguientes son los trabajadores que reciben este beneficio:

  • Universidades estatales.
  • Establecimientos de educación parvularia financiados por la JUNJI.
  • Instituciones reconocidas como colaboradoras del Sename o su continuador legal.
  • Corporaciones de Asistencia Judicial.
  • Tribunales tributarios y aduaneros.
  • Trabajadores de empresas y entidades del Estado que no participan en negociaciones colectivas.
  • Asistentes de la educación pública y/o profesionales de la educación que laboran en establecimientos educacionales dependientes de los servicios locales de educación pública.
  • Astilleros y maestranzas de la Armada.
  • Sectores de la Administración del Estado que hayan sido transferidos a las municipalidades.
  • Establecimientos particulares de enseñanza subvencionados por el Estado.
  • Establecimientos de Educación Técnico Profesional.

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