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Feriado 16 de septiembre: qué falta para ser aprobado, motivos y quien trabajará

Este martes, la Sala de la Cámara aprobó la iniciativa que busca solicitar al Poder Ejecutivo un mensaje presidencial que declare festiva dicha fecha.

Feriado 16 de septiembre: qué falta para ser aprobado, motivos y quien trabajará

Este martes, con 143 diputados presentes, 108 votos a favor, 21 en contra y 14 abstenciones, la Sala de la Cámara aprobó la iniciativa que busca solicitar al Poder Ejecutivo un mensaje presidencial que declare feriado el 16 de septiembre de este 2022. ¿Qué quiere decir eso? Significa que se trata de una petición dirigida hacia el Ejecutivo para que el gobierno sea el encargado de presentar el proyecto.

¿Qué días serán feriados en Fiestas Patrias 2022?

Este 2022, las Fiestas Patrias, a pesar de tener dos feriados irrenunciables establecidos por ley, solo tendrá un día libre para gran parte de la población.

Esto es debido a que el 18 de septiembre, día en que se conmemora la Primera Junta Nacional de Gobierno, será un domingo. En tanto, el 19 del mismo mes -Día de las Glorias del Ejército- caerá un lunes. Es por eso que la resolución busca que el Presidente Boric presente un proyecto de ley para que el viernes 16 de septiembre sea feriado, para tener más días libres en la celebración nacional. Si sigue este trámite, sería un día irrenunciable.

¿Quiénes trabajan en feriado irrenunciable?

Están exceptuados de los feriados obligatorios e irrenunciables quienes se desempeñen en:

  • Establecimientos de entretenimiento (cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, cabarets, locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos, casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados), fuentes de soda y pastelerías, en este último caso, siempre y cuando los clientes y clientas consuman los alimentos en el local.
  • Hoteles, restaurantes y clubes, es decir, establecimientos que entreguen el servicio de alojamiento y/o comidas sólidas o líquidas para su consumo inmediato, por ejemplo: residenciales, pensiones, hospederías, albergues, moteles, bares, fuentes de soda, casinos, discoteques, churrasquerías, quintas de recreo, locales de comida rápida (incluidos los que están ubicados en los patios de comida), clubes sociales y de recreación, clubes de colonias extranjeras residentes en Chile, etc.
  • Bencineras y tiendas de conveniencia adheridas al recinto, solo si en el establecimiento se preparan alimentos para consumo directo en el local.
  • Farmacias de urgencia y que deben cumplir turnos fijados por la Autoridad Sanitaria o Seremi de Salud.