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Los requisitos que debes cumplir para poder retirar la totalidad de tus fondos en el Seguro de Cesantía

Si bien estos fondos son reservados para apoyar mensualmente al trabajador en caso de un eventual desempleo, hay algunos casos en los que se puede retirar su totalidad.

Los requisitos que debes cumplir para poder retirar la totalidad de tus fondos en el Seguro de Cesantía
JAVIER SALVO/ATON CHILE
Rodrigo Huerta
Es periodista desde 2017. Se especializa en fútbol, tenis, golf y pádel. Actualmente cubre Universidad de Chile.
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El Seguro de Cesantía es un beneficio económico al que se accede cuando un trabajador queda sin empleo. Se trata de un monto acumulado a lo largo de la vida laboral que es administrado por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

Si bien estos fondos son reservados para apoyar mensualmente al trabajador en caso de un eventual despido, hay algunos casos en los que se puede retirar su totalidad.

¿En qué casos se puede retirar la totalidad de los fondos del Seguro de Cesantía?

Según ChileAtiende, hay dos casos para solicitar el retiro total de los fondos: que la persona pase a estar pensionada o que el titular fallezca, en cuyo caso los fondos serán repartidos entre los herederos de la persona.

El procedimiento para realizar el retiro dependerá según el caso, y para conseguirlo, hay que cumplir una serie de requisitos.

Retiro de fondos por pensión

Si es que el afiliado pasa a ser pensionado, puede optar por dos opciones para retirar el dinero:

  • Realizar un solo giro de cuenta, el cual no está sujeto a impuestos.
  • Transferir la totalidad o una parte de los fondos de la Administradora de Fondos de Cesantía a su cuenta administrada por una AFP.

En cualquiera de las dos situaciones, el beneficiario tendrá que asistir a una sucursal de AFC o realizar el trámite a través de la página web de AFC. Para realizar el proceso, el beneficiario deberá hacerlo con los siguientes documentos:

  • Cédula de identidad vigente.
  • Última liquidación de pago de la pensión.
  • Certificado de la pensión de alguna de las siguientes instituciones: Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), Caja de previsión social, Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena), Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) o del Instituto de Previsión Social (IPS).
  • Dictamen ejecutoriado con timbre emitido por la comisión médica de la Superintendencia de Pensiones (pensión por invalidez total o parcial definitiva).
  • Documento que acredita la rebaja de años por realizar trabajo pesado, si se trata de una pensión de vejez anticipada.

Retiro de fondos por fallecimiento

En el segundo caso, el dinero acumulado por el titular fallecido es repartido entre los beneficiarios que el titular designó en vida ante la Administradora, o entre sus herederos, quienes podrán retirarlo todo en un solo pago.

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La inscripción de los beneficiarios puede realizarse presencialmente en cualquier sucursal de AFC o a través de la página web, donde se deberá ingresar con su RUT y Clave Única. Es posible inscribir a personas que no sean familiares directos, y también se puede asignar un porcentaje a cada beneficiario.

Finalmente, en este caso, los beneficiarios pueden completar el retiro de dichos fondos en cualquier sucursal de la Administradora de Fondos de Cesantía, presentando su cédula de identidad y el certificado de defunción del titular.

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