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Nuevo Bono por Hijo: requisitos, montos y cuándo entraría en vigor

Este aporte se sumaría al monto de la ayuda original, por lo que no sería un reemplazo de los pagos ya existentes. ¿Qué se necesita para acceder a él?

Nuevo Bono por Hijo: requisitos, montos y cuándo entraría en vigor

El Nuevo Bono por Hijo es una propuesta del Gobierno en el marco de la Reforma de Pensiones planteada por el Ejecutivo. Pero, ¿qué se sabe de esta idea? ¿Desde cuándo estaría disponible? En esta nota resolvemos tus dudas.

¿Cuál es el monto del Bono por Hijo que propone el Gobierno?

El monto que alcanzaría el nuevo Bono por Hijo sería de $1.100.000, el que quedaría registrado en la cuenta de cotización previsional de la mujer. Este aporte se sumaría al monto de la ayuda original, es decir, el nuevo Bono por Hijo no sería un reemplazo de los pagos del ya existente, que “equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales”.

¿Cómo funciona el pago del Bono por Hijo?

El pago del Bono por Hijo, se fija y comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo y equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales (fijado para los trabajadores mayores de 18 y hasta 65 años).

Se calcula de la siguiente forma:

  • Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($165 mil).
  • Si el hijo nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes en que nació el hijo.

¿Cuáles son los requisitos del Bono por Hijo?

Este beneficio está destinado a las mujeres que cumplan los siguientes requisitos:

  • Madres afiliadas a una AFP que obtuvieron su pensión a partir del 1 de julio de 2009.
  • Madres titulares de una Pensión Garantizada Universal (PGU) -que reemplazó a la Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV)-, a contar del 1 de julio de 2009.
  • Madres que sin estar afiliadas a un régimen previsional reciben una Pensión de Sobrevivencia (con Aporte Previsional Solidario de Vejez) otorgada por una AFP, compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS), a contar del 1 de julio de 2009.

Estas mujeres deben:

  • Tener 65 años de edad o más.
  • Residir en territorio chileno por un período de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde que la beneficiaria cumplió 20 años. Asimismo, tiene que haber residido en Chile al menos cuatro años durante los últimos cinco años anteriores a la solicitud de la bonificación.