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Plebiscito chileno: ¿cuándo será el próximo y cómo saber si soy vocal de mesa?

El próximo 17 de diciembre los chilenos deberán votar en el Plebiscito de Salida para aprobar o rechazar una nueva Constitución.

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Plebiscito chileno: ¿cuándo será el próximo y cómo saber si soy vocal de mesa?
JUAN EDUARDO LOPEZ/ATON CHILE

El domingo 17 de diciembre se realizará el Plebiscito de Salida para aprobar o rechazar la propuesta de nueva Constitución que fue escrita este 2023 por el Consejo Constitucional.

El voto será obligatorio y es por esto que el Servel ya anunció la fecha en que se publicarán los designados para ser vocal de mesa y el local en el que te tocará votar.

¿Cuándo salen los resultados de los vocales de mesa?

El Servel informó que el 25 de noviembre del 2023 se publicará el listado de las personas designadas como vocales de mesa o miembros del Colegio Escrutador.

También, ese día conocerás los locales y mesas de votación para el Plebiscito Constitucional, por lo que ya sabrás dónde te toca votar.

Consulta tus datos electorales en el Servel con tu RUT

Si bien aún no puedes ver tu local de votación para las elecciones del 17 de diciembre, puedes consultar tus datos electorales en el Servel solo con tu RUT ingresando AQUÍ.

¿Puedo cambiar mi domicilio electoral antes del Plebiscito?

No, porque el plazo para cambiar de domicilio electoral para el Plebiscito de la nueva Constitución ya venció el 29 de julio de 2023. Recién en 2024 podrás modificar tu dirección, es decir, luego de las próximas elecciones.

¿Qué pasa si salgo vocal de mesa y no puedo serlo? Las excusas aceptadas para no recibir la multa

En caso de que seas designado como vocal de mesa y no quieras o puedes cumplir con dicha función podrás evitar las multa con alguna de las siguientes excusas, según publicó el Servel en las elecciones de mayo de 2023:

  • Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la ley, o haber sido designado miembro del colegio escrutador.
  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de trescientos kilómetros. También puede ser que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la junta.
  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las mesas, otras funciones que encomiende la ley.
  • Tener más de 70 años de edad.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, lo que deberá ser acreditado con certificado de un médico.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las mesas receptoras. Esto deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.
  • Tratarse de personas gestantes durante todo el período de embarazo. Esto debe ser acreditado mediante documento extendido por el establecimiento de salud donde se realice el control del mismo o un certificado médico. También se considerará dentro de esta causal al padre o madre de un hijo o hija menor de dos años al día en que funcionen las mesas receptoras, acreditado con el correspondiente certificado de nacimiento del o la menor. Si ninguno de ellos tuviera el cuidado personal, quien lo tenga podrá excusarse acreditándolo debidamente.
  • Estar al cuidado de un adulto mayor en situación de dependencia o de una persona en situación de discapacidad en los mismos días en que funcionen las mesas receptoras. Esto deberá ser acreditado con una declaración jurada notarial que deberá ser otorgada gratuitamente, mediante constancia en Carabineros de Chile, o por un certificado en que conste la calidad de receptor del estipendio en el caso de cuidadores de personas con discapacidad.