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Segundo pago Bono Invierno: quiénes son los beneficiarios en los pensionados y fechas

Conoce mayores detalles sobre la segunda asignación, que beneficia a cerca de 1.6 millones de pensionados en el país. Fechas y condiciones actualizadas.

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Segundo pago Bono Invierno: quiénes son los beneficiarios en los pensionados y fechas

El Gobierno de Gabriel Boric, junto con la aprobación del Congreso, anunció hace algunas semanas el pago extraordinario del Bono Invierno 2023. Dicho beneficio viene a completar los $74.767 entregados en el monto base.

Según informa el Instituto de Previsión Social, el segundo pago trata de un aporte de $60.000 pesos, que adicional al bono ya efectuado, eleva a la suma de $134.767 pesos para cerca de 1.6 millones de beneficiarios.

¿Cuándo se efectuará el segundo pago?

La nueva asignación ya está en curso, y se entregará a cada beneficiario dependiendo de la fecha de su pensión. El IPS ha dispuesto en su sitio web, un apartado para revisar tu fecha de pago. Solo necesitas tu RUT.

¿De cuánto será el nuevo monto?

El Bono Invierno reforzado alcanza la cifra de $60.000 pesos, que sumado a los $74.767 ya entregados, eleva la suma final a $134.767 pesos para cerca de 1.6 millones de beneficiarios.

¿Quiénes podrán recibirlo?

Según informa el IPS, las causales del segundo pago extraordinario representan a:

  • Los pensionados del Instituto de Previsión Social, del Instituto de Seguridad Laboral, de las Cajas de Previsión y de las Mutualidades de Empleadores de la ley Nº16.744, cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez del artículo 26 de la ley Nº15.386, para pensionados de 75 o más años de edad, a la fecha de pago del beneficio;
  • Los pensionados del sistema establecido en el decreto ley Nº3.500, de 1980, que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal, conforme al título VII de dicho cuerpo legal;
  • Los pensionados del sistema establecido en el referido decreto ley que se encuentren percibiendo un aporte previsional solidario de vejez, cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez del artículo 26 de la ley Nº15.386, para pensionados de 75 o más años de edad, a la fecha de pago del beneficio;
  • Los beneficiarios de la pensión garantizada universal, siempre que no tuvieran derecho a otra pensión en algún régimen previsional;
  • Los pensionados de algún régimen previsional que, adicionalmente, se encuentren percibiendo una pensión garantizada universal y cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez del artículo 26 de la ley Nº15.386, para pensionados de 75 o más años de edad, a la fecha de pago del beneficio.

En el sitio web del Bono Invierno, puedes revisar si eres uno de los beneficiados con el pago extraordinario. Solo necesitas tu RUT y fecha de nacimiento.