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Seguro de Cesantía: cómo funciona, beneficios y requisitos

Entérate de todos los detalles del funcionamiento de este ítem, clave al momento de quedar desempleado. Revisa los detalles.

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Seguro de Cesantía: cómo funciona, beneficios y requisitos

El seguro de cesantía es uno de los mecanismos que tienen los trabajadores en Chile para obtener dinero una vez que quedan desempleados.

La cantidad de dinero dependerá de los años de trabajo, sumado al aporte que otorga el empleador y el estado.

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¿Cómo funciona el seguro de cesantía?

Tal como se dijo, el seguro es financiado por el empleador, por el trabajador y por el Estado, tras lo cual se genera un monto mensual dependiendo de los honorarios del trabajador. Eso sí, el tope mensual para este 2023 es de 122,6 UF.

Por su parte, el aporte anual del Estado es de 225.792 UTM depositadas en 12 cuotas en el Fondo de Cesantía Solidario, a través de la Tesorería General de la República.

Si hay contrato indefinido:

  • Aporte del trabajador: 0,6% de su remuneración imponible.
  • Aporte del empleador: 2,4% de la remuneración imponible del trabajador (1,6% va a la Cuenta Individual por Cesantía y el resto al Fondo de Cesantía Solidario).

Si hay contrato a plazo fijo:

  • Aporte del trabajador: ninguno.
  • Aporte del empleador: 3% de la remuneración imponible del trabajador (2,8% va a la Cuenta Individual de Cesantía y el resto al Fondo de Cesantía Solidario).

¿Cómo se retira el dinero del seguro de cesantía?

El retiro del fondo dependerá de la cantidad de dinero que cada trabajador acumule en su cuenta, en relación a los años de trabajo que posea.

En ese sentido y tomando como base el total, el retiro se realiza de la siguiente forma: Primer mes (70%); segundo mes (55%); tercer mes (45%); cuarto mes (40%); quinto mes (35%); sexto mes (30% o más).

Requisitos para cobrarlo

De acuerdo a la página oficial de la entidad, estos son los requisitos para cobrar el dinero del fondo de cesantía:

  • Estar cesante, condición que se debe acreditar mediante un finiquito, carta de despido, carta de renuncia, acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial, según corresponda. Revise los documentos válidos para acreditar su condición de cesantía y sus respectivas formalidades.
  • Para contrato indefinido o de trabajador o trabajadora de casa particular: contar con al menos 12 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral, con uno o más empleadores.
  • Para contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: 6 cotizaciones continuas o discontinuas, con uno o más empleadores.
  • Las cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, si es su primera solicitud, desde su afiliación al seguro, hasta el mes de término de la relación laboral.