ACTUALIDAD

Su terreno fue ocupado de forma ilegal por 300 familias, construyeron casas y llevo el caso a la justicia: Corte Suprema se pronuncia

El máximo tribunal acogió recurso de protección y otorgó plazo de seis meses para abandonar predio ocupado ilegalmente desde 2019,

Su terreno fue ocupado de forma ilegal por 300 familias, construyeron casas y llevo el caso a la justicia: Corte Suprema se pronuncia
Italo Morales
Editor General de la edición chilena del Diario AS desde el 2019. Antes trabajó en ATP World Tour y Emol. Máster en SEO por KSchool (Madrid) y SEO Manager en Prisa Chile.
Actualizado a

La Corte Suprema anuló la resolución de la Corte de Valparaíso que había rechazado la acción legal interpuesta por el propietario de un terreno, que fue tomado de forma ilegal en 2019 por 300 familias en Cartagena.

La controversia surgió cuando los ocupantes ingresaron forzosamente en octubre de 2019, destruyendo cercos perimetrales y deforestando el área para construir viviendas precarias.

La demandante describió cómo más de 300 núcleos familiares establecieron un asentamiento organizado con subdivisiones no autorizadas, conexiones clandestinas de servicios públicos y comercio informal. Sus intentos de solución mediante vías legales y negociaciones comerciales fracasaron debido a embargos sobre la propiedad.

El tribunal de segunda instancia inicialmente desestimó la solicitud, argumentando extemporaneidad del recurso presentado fuera del plazo de 30 días establecido constitucionalmente. También consideró inadecuada esta vía procesal para resolver conflictos complejos de larga duración.

Sin embargo, la Corte Suprema determinó que persistía vulneración grave del derecho de dominio e igualdad ante la ley, criticando la ineficacia de autoridades administrativas para proteger al propietario legítimo.

Noticias relacionadas

La sentencia definitiva estableció abandono obligatorio del inmueble en máximo seis meses, autorizando desalojo forzoso con respaldo policial ante resistencia. Simultáneamente, ordenó al municipio y ministerios pertinentes habilitar albergues temporales para los desplazados, remitiendo antecedentes al Ministerio Público.

Etiquetado en:
Comentarios
Normas

Rellene su nombre y apellidos para comentar

Te recomendamos en Actualidad