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Los potentes nombres que podrían reemplazar a Dembélé

La Liga pone como requisito que ante un lesionado, el reemplazante sea del mismo torneo o que sea jugador libre en el momento del fichaje.

Los potentes nombres que podrían reemplazar a Dembélé

La lesión de Ousmane Dembélé supone un contratiempo importante para el Barcelona. La ecografía que le han hecho este martes en su pierna derecha revelaba una rotura completa del tendón proximal del bíceps femoral de la pierna derecha. Con esta baja y una vez cerrado el mercado de fichajes, el Barcelona valora fichar un recambio para el francés, pero ¿qué tipo de jugadores puede fichar ahora el club azulgrana?

El reglamento en el Artículo 124.3 respecto a los períodos de solicitud de las licencias establece varias condiciones. La primera es el tiempo de baja o inactividad del futbolista que debe ser superior a los cinco meses. En el caso de Dembélé, el francés se estima un tiempo mínimo de cuatro meses de baja. El delantero sufrió una rotura muscular en el muslo derecho el 27 de noviembre en el partido de Champions ante el Borussia Dortmund. El jugador se recuperaba de esta lesión cuando las pruebas médicas revelaron la rotura completa del tendón proximal del bíceps femoral de la pierna derecha.

El Barcelona, en caso de fichar, también tiene que tener en cuenta que el transfer no debe requerir del certificado de transferencia internacional por lo que no puede fichar fuera de LaLiga. Así, los de Setién solo pueden incorporar a un futbolista con ficha federativa en España o que estén en el paro desde antes del 31 de enero, independientemente de la categoría en la que jueguen. Este jugador podría jugar LaLiga y la Copa del Rey, pero no en Champions. Los azulgrana deberán aportar documentación en la que se muestre que el futbolista se ha lesionado cuando ya ha terminado el mercado de fichajes para obtener una autorización excepcional para hacer el fichaje. Esta autorización deberá producirse un mes siguiente al día de la lesión. Para conseguir esta documentación tienen que pasar por un tribunal médico compuesto por médicos de la Mutualidad de Previsión Social de Futbolistas Españoles. En ese momento es cuando el equipo blaugrana dispone de 15 días para concretar la licencia. Una vez finalizado ese tiempo caducará. Otro de los condicionantes que tienen que tener en cuenta en Can Barça es que el jugador no podrá volver al club ni inscribirse en otro, pese a que tuviera el alta antes de que acabase el período de cinco meses. Una vez pase este tiempo, el futbolista podrá volver al club siempre y cuando tenga fichas libres con una licencia nueva.

Artículo 124.3

Períodos de solicitud de las licencias. También podrá autorizarse excepcionalmente la expedición de licencia fuera de los períodos reglamentarios cuando un futbolista de la plantilla cause baja por enfermedad o lesión que lleve consigo un período de inactividad por tiempo superior a cinco meses, ello siempre y cuando la inscripción del futbolista sustituto no requiera la expedición de Certificado de transferencia internacional.

La concurrencia de tal circunstancia de enfermedad o lesión, así como el propósito del club de solicitar la baja federativa en base a la misma, deberá ser notificada, de forma fehaciente, al futbolista afectado con, al menos, diez días de antelación a la fecha de solicitud de la citada baja federativa, a fin de que pueda efectuar, si así lo desea, las alegaciones que considere oportunas.

Para poder autorizar la inscripción de un futbolista en sustitución de un lesionado deberá acreditarse documentalmente que la lesión se haya producido una vez cerrado el periodo de inscripción correspondiente.

La solicitud para la autorización excepcional deberá realizarse dentro del mes siguiente a la fecha en que se produjo la lesión. La competencia para otorgar la autorización corresponderá a la RFEF o, en su caso, a la Liga Nacional de Fútbol Profesional, a solicitud del club interesado, previo expediente en el que se acredite el hecho a través de certificación expedida por un tribunal médico integrado, al menos, por dos facultativos de la Mutualidad de Previsión Social de Futbolistas Españoles.

Dicha autorización, si procede otorgarla, tendrá una validez máxima de quince días, transcurridos los cuales sin que se formalice la licencia, caducará. El sustituido no podrá reintegrarse a su club, ni inscribirse en ningún otro, aunque obtenga el alta, antes de que transcurra el referido período de cinco meses.

Transcurridos los cinco meses, desde la fecha de la baja federativa, el futbolista podrá reintegrarse a su club siempre que aporte un certificado de la referenciada Mutualidad, haya licencias libres en el equipo y suscriba, con autorización de la RFEF, licencia nueva.