Coronavirus

Coronavirus en Chile: ¿qué sucede con las vacaciones del trabajador?

La cuarentena total en algunas comunas ha generado complicaciones para trabajar. ¿El empleador puede ‘obligar’ a tomar vacaciones? La respuesta es sí. ¿Por qué? Revísalo.

Actualizado a

 
 
 31/03/2020 ONLY FOR USE IN SPAIN

La crisis sanitaria ha golpeado duramente a la fuerza de trabajo en Chile. Despidos masivos, contracción económica y múltiples medidas para palear el tema han sido algunas de los hechos que se han generado. Pero ¿existe opción de tomarse vacaciones por modo propio o por decreto de la empresa?

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La respuesta es simple: según el Código del Trabajo, las empresas tienen la facultad de decretar feriado colectivo en estos casos. ¿Por qué? Acá te lo explicamos.

¿El empleador puede obligar a los trabajadores a tomar vacaciones de manera colectiva?

Según el artículo 76 del Código del Trabajo, los empleadores “siempre tienen el derecho de decretar feriado colectivo respecto de todos los trabajadores de la empresa, de uno o más de sus establecimientos o de parte de ellos, siempre que no lo haga más de una vez en cada año”. La explicación continúa. “En tal caso debe otorgar el feriado colectivo a todos, aun cuando existan trabajadores que no cumplan los requisitos para tener dicho derecho y se debe conceder por un mínimo de 15 días hábiles.

Para más detalles, revisalo acá.

¿El empleador puede obligar a un trabajador a tomar vacaciones de manera individual?

En este caso, la respuesta es no. ¿Por qué? Así lo explica el Código del Trabajo. “Si se trata del feriado de trabajadores considerados individualmente, no se puede obligar a los trabajadores a hacer uso de sus vacaciones, requiriéndose siempre del mutuo acuerdo de las partes.