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Elecciones 2021 Servel: qué hacer si soy vocal de mesa y no puedo ir

El Servel publicó el sábado pasado la nómina de los vocales de mesa que deberán participar en las elecciones de abril. Revisa acá qué hacer si no puedes ir.

Elecciones 2021 Servel: qué hacer si soy vocal de mesa y no puedo ir
RAUL ZAMORA/ATON CHILE

Las elecciones municipales de este año se realizarán el 10 y 11 de abril, por lo que el Servel ya publicó la nómina inicial de los vocales de mesa que deberán cumplir con ese rol en la fecha establecida.

Sin embargo, aún falta que se realice el período de excusas para aquellas personas que no puedan asistir a los locales de votación a ejercer el rol de vocales de mesa.

¿Qué hacer si soy vocal de mesa y no puedo ir a las elecciones del 2021?

El período para excusarse por no poder cumplir con el rol de vocal de mesa comienza este lunes 22 de marzo, y se extenderá hasta el miércoles 24 del mismo mes.

Según indica el artículo 49 de la ley 18.700 y a aquellas integradas por el Consejo Directivo del Servel, las causales para presentar una excusa y así eximirse del rol de vocal de mesa son:

- Tener 60 o más años de edad, lo que está sujeto a confirmación en instrucciones que se publicarán el 22 de marzo.

- Desempeñarse como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM).

- Mujeres embarazadas, durante todo el período de gestación.

- Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.

- Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.

- Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.

- Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.

- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.

Al momento de presentar la excusa, se deben presentar los documentos que acrediten la situación que incluye a la persona dentro de estas causales.