ADN RadioConcierto Radio
NewslettersRegístrateAPP
españaESPAÑAchileCHILEcolombiaCOLOMBIAusaUSAméxicoMÉXICOusa latinoUSA LATINOaméricaAMÉRICA

Actualidad

Elecciones Presidenciales Chile 2021: ¿cómo excusarse de ser vocal de mesa?

Este jueves finaliza el plazo para excusarse como vocal de mesa para las próximas elecciones. Revisa los motivos de excusa y todos los detalles.

Elecciones Presidenciales Chile 2021: ¿cómo excusarse de ser vocal de mesa?

Esta semana se dio a conocer la lista de vocales de mesa para las Elecciones Presidenciales, Parlamentarias y de Consejeras y Consejeros Regionales de 2021, que se desarrollarán el próximo 21 de noviembre.

El Servel anunció que hoy, jueves 4 de noviembre, se termina el plazo para excusarse para aquellos que no puedan cumplir dicha labor.

¿Cómo excusarse para no ser vocal de mesa?

Tal como lo estipula la ley, quien salió designado vocal de mesa y no pueda ejercer el cargo, deberá acudir a la Junta Electoral que le corresponda, y ahí entregar los motivos.

Revisa la lista de Juntas Electorales

La excusa es vital para el proceso, pues quienes no lo hagan sufrirán una multa que va desde las 2 a 8 UTM, es decir, de los $105.000 a $ 422.000.

De la misma forma, este sábado 6 de noviembre se publicará la nómina de vocales reemplazantes, instancia que no contempla excusas.

Algunos motivos para excusarse

  • Tener 60 o más años de edad.
  • Desempeñarse como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales y quienes se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM).
  • Mujeres embarazadas, durante todo el período de gestación.
  • Madre o padre de hijos menores de dos años.
  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.