Elecciones Presidenciales Chile 2021: qué hacer si soy vocal de mesa y no puedo ir
La ley es bien al respecto: establece un plazo legal para excusarse y luego también existen instancias posteriores para justificar la inasistencia.
Este domingo 21 de noviembre se vivirá una jornada importante en el país. Se llevarán a cabo las Elecciones Presidenciales, Parlamentarias y de Consejeras y Consejeros Regionales en el contexto de la pandemia del coronavirus. El sábado 30 de octubre fue publicada por el Servio Electoral (Servel) la lista con los nombres de los vocales de mesa que estarán a cargo, in situ, de los comicios.
Qué hacer si soy vocal de mesa y no puedo ir
Los vocales de mesa tienen la obligación legal de asistir al centro de votación asignado para cumplir con la labor encomendada. Sin embargo, la normativa contempla también varias situaciones que eximen de la responsabilidad. Estas son:
- Tener 60 o más años de edad.
- Desempeñarse como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales y quienes se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM).
- Mujeres embarazadas, durante todo el período de gestación.
- Madre o padre de hijos menores de dos años.
- Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
- Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
- Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
- Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.
Al respecto, cabe destacar que ya expiró el plazo para invocar estas causales y excusarse de estar presente como vocal de mesa durante las elecciones de este domingo. Quienes no pueden cumplir con esta obligación legal debieron acreditas su imposibilidad entre el 2 y 4 de noviembre pasados ante la Junta Electoral correspondiente.
Si de todos modos la persona no puede cumplir con la labor de vocal de mesa, deberá acreditar esta situación ante el delegado del local el día de las elecciones. También lo podrá hacer ante el Juez de Policía Local si llegase a ser citada con posterioridad, presentando la documentación necesaria.
Las personas que no concurran a desempeñar sus funciones estarán incurriendo en una infracción electoral. Por lo tanto, podrán ser sancionadas con una multa a beneficio municipal que va de 2 a 8 U.T.M (entre $105 mil y $422 mil aproximadamente).