Segunda vuelta Elecciones Presidenciales Chile 2021: ¿es obligatorio votar y dónde tengo que hacerlo?
Chile elegirá este 19 de diciembre a su próximo presidente, y el Servel respondió preguntas claves respecto a la segunda vuelta electoral.
Este domingo 19 de diciembre llega a su fin la carrera presidencial, donde Gabriel Boric y José Antonio Kast dirimirán quién será el próximo presidente de Chile, a partir de marzo del 2022.
Ambos candidatos se impusieron en la primera vuelta que se realizó en noviembre, y ahora se medirán en la segunda vuelta definitiva. Una jornada electoral donde se espera una cifra récord desde se impuso la votación voluntaria.
¿Es obligatorio votar?
Y es que sí. De acuerdo al artículo 15 de la Constitución Política de la República de Chile, el voto en el país es voluntario. Pueden votar todos quienes estén habilitados para sufragar y además los ciudadanos con derecho a sufragio podrán participar desde el extranjero en las elecciones Primarias Presidenciales, en las elecciones de Presidente de la República y en los Plebiscitos Nacionales.
Aunque el voto no es obligatorio, el artículo 165 de la Ley 18.700 establece que ninguna autoridad o empleador podrá exigir servicio o trabajo alguno que impida votar a los electores. En el caso de aquellas actividades que deban necesariamente realizarse el día una elección o plebiscito, los trabajadores pueden ausentarse durante dos horas. Esto con el objetivo de asistir a sufragar, sin descuento de sus remuneraciones.
¿Dónde tengo que hacerlo?
Para conocer su lugar de votación, debe dirigirse a la página web del Servicio Electoral (www.servel.cl), haciendo clic en la opción "Consulta de datos electorales" e ingresando el RUN. Además, la información está disponible en la publicación que realizó el secretario de la Junta Electoral correspondiente en un diario o periódico ese mismo 30 de octubre.
Al respecto un dato es de suma importancia: el lugar de votación de los electores puede variar de una elección o plebiscito a otro, ya que se designan para cada proceso. Finalmente, sólo se puede votar con la cédula de identidad o con el pasaporte en el caso de electores nacionales. En relación a los extranjeros habilitados para hacerlo, pueden sufragar con la cédula de identidad para extranjeros.