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Bonos para adultos mayores: qué subsidios puedo recibir en enero y cómo postular

Los adultos mayores son una prioridad para el Estado de Chile y acá te contamos los beneficios que tienen si son o no pensionados.

Luis Reyes
Actualizado a
Bonos para adultos mayores: qué subsidios puedo recibir en enero y cómo postular

Uno de los grupos que tienen más importancia para el Estado son los adultos mayores. Esta serie de ayudas se entregan a ellos, independiente de si siguen trabajando o si ya están pensionados.

La gran mayoría de los aportes disponibles se otorgan previa solicitud o postulación. En caso de ser aceptada, los pagos se otorgan de manera vitalicia, cada mes, o por única vez.

Pensión Garantizada universal (PGU)

Los adultos mayores de 65 años, que no estén dentro del 10% de mayores ingresos de su población etaria y tengan una pensión base inferior a $1.048.200, entre otros requisitos, pueden recibir los pagos mensuales de hasta $193.917 que entrega la Pensión Garantizada Universal (PGU). Sólo quedan fuera las personas pensionadas por Dipreca o Capredena.

En febrero, la PGU tendrá una importante modificación, ya que los $193.917 se reajustarán de acuerdo a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) registrada en los últimos doce meses.

Bono Bodas de Oro

El Bono Bodas de Oro entrega un monto de $403.874 a las parejas que cumplan 50 años de matrimonio, otorgándose en partes iguales de $201.937 para cada cónyuge.

Los requisitos que debe cumplir la pareja para ser beneficiaria de la bonificación los puedes encontrar en el siguiente link.

Bono de Reconocimiento

El Bono de Reconocimiento es un beneficio estatal que va dirigido a los trabajadores que se cambiaron del antiguo sistema de pensiones al vigente sistema de AFP.

A esta ayuda económica pueden acceder todos los imponentes de cualquiera de las ex Cajas de Previsión del régimen previsional antiguo (de reparto) que cumplan con los requisitos.

Bono por Hijo

El Bono por Hijo se otorga de manera exclusiva a las mujeres que son madres (biológicas o adoptivas) o que tienen hijos a su cuidado. Este beneficio no se paga al momento del nacimiento del hijo, sino una vez que la mujer beneficiaria cumple los 65 años y se pensiona.

El monto a recibir comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo, y equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales.