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Finiquito laboral electrónico: cómo calcular lo que corresponde y qué plazo hay para pagarlo
Conoce cómo valuar el monto que le corresponde al empleado, el tiempo que demora en notificar y cuáles son los plazos máximos para liquidar el total.
Remuneraciones pendientes: Es el sueldo pendiente por los días trabajados si es despedido antes el día de pago de sueldo o cualquier otra remuneración pendiente que tenga que pagar el empleador.
*Se divide el sueldo bruto del trabajador en 30 y se multiplica por los días trabajados.
Indemnización de aviso previo: En el caso que se despida con un aviso menor a 30 días corresponde una indemnización
*Si se avisó con anticipación, entonces hay que pagar sueldo base + comisiones + gratificación + colación + movilización. Si se tiene sueldo variable el calculo de la comisión es el promedio de las comisiones de los últimos 3 meses. Este ítem tiene como tope máximo a pagar 90 UF, es decir: $2.576.757.
Indemnización por años de servicio: Según la cantidad de años que se ha trabajo corresponde una indenmización, los meses se aproximan a 1 año en caso de ser mayor a 6 meses.
*Se toma la cantidad de años trabajados por el empleado y se multiplica por el sueldo base + gratificación + comisiones. Si el trabajador trabajó 5 años y 4 meses: se consideran 5 años. Por el contrario si trabajo 5 años y 8 meses, se consideran 6 años.
Vacaciones proporcionales o feriado proporcional: Corresponden a las vacaciones pendientes más los días inhábiles que se suman a estas mismas.
*Si consideramos los 15 días de vacaciones al año que tiene un trabajador por ley, podemos dividir estos 15 días en 12 meses y obtenemos 1,25 días de vacaciones por mes trabajado o 1,25/30 días por día trabajado. Entonces calculamos para el finiquito los años, meses y días trabajados y lo multiplicamos por lo correspondiente.