Segundo retiro 10% AFP: qué le falta para ser ley y cuándo sería aprobada
La iniciativa legal será votada en la Cámara de Diputados y un resultado favorable la haría avanzar en el Congreso para su discusión en el Senado.
El proyecto de ley que busca autorizar un segundo retiro del 10 por ciento de los fondos en las cuentas individuales de las AFP empieza a vivir momentos clave en el Congreso. La iniciativa surgió con el propósito de ir nuevamente en ayuda de los trabajadores más afectados por la crisis económica causada por la pandemia del coronavirus en el país.
Al igual que en la primera ley, el proyecto establece un monto mímino de retiro de 35 UF ($1.000.000) y una cifra máxima de 150 UF ($4.300.000). Las personas con fondos totales menores al mínimo de retiro podrán retirar todo el dinero ahorrado. En tanto que quienes no alcancen la cifra mínima con el retiro de su 10 por ciento, de todas maneras podrán rescatar las 35 UF.
¿Qué falta para ser ley y cuándo sería aprobada?
Tras su aprobación en la Comisión de Constitución, este miércoles la propuesta legal será votada en particular en la Cámara de Diputados. El objetivo de los impulsores del proyecto es que este se pueda transformar en ley durante el próximo mes de diciembre, justo antes de las fiestas de fin de año.
Si el trámite legislativo es exitoso en la cámara baja, la iniciativa legal entonces avanzará al Senado. Sin embargo, en esta instancia la propuesta podría registrar algunas modificaciones, lo que llevaría a un tercer trámite en el Congreso.
Si así fuera, la Cámara de Diputados deberá pronunciarse sobre los cambios y aprobar estás variaciones. En caso de una votación favorable, el proyecto sería finalmente aprobado.
De no ocurrir esto último, la propuesta debería pasar a Comisión Mixta. En esta se deberá encontrar una fórmula que acerque a ambas partes para luego someter el proyecto nuevamente a votación.
Una vez cumplido este paso, la iniciativa se podrá transformar en ley, en caso de ser aprobado el proyecto con los acuerdos logrados en la Comisión Mixta. Por supuesto que siempre y cuando el Gobierno no ejerza su derecho a veto o solicite un requerimiento de inconstitucionalidad, como se ha comentado extraoficialmente hasta ahora.
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