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Préstamo Estatal Solidario del SII para clase media: a quién corresponde y cómo se devuelve el crédito

Entérate de los detalles al respecto de la medida que hace unas semanas ofreció el gobierno en apoyo a este segmento de la población.

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Santiago, 5 de julio 2020  El Presidente de la Republica, Sebastian Pinera, presenta plan de proteccion para la clase media.   Dragomir Yankovic/Aton Chile
DRAGOMIR YANKOVIC/ATONCHILE

Dentro de las medidas que ha tomado el gobierno en medio de la crisis económica que vive el país a raíz de la pandemia del coronavirus, se encuentra el Plan de Protección Clase Media, donde destaca el Préstamo Estatal Solidario, que va en directo beneficio de este segmento del país.

El préstamo que ofrece el Estado cuenta con un importante detalle, ya que es blando, que en otras palabras significa que su tasa de interés es del 0%. Además, solamente hay dos requisitos para postular a él.

¿A quiénes va dirigido?

Tal como sucede con el Bono Clase Media, los postulantes deben ser personas con ingresos mensuales sobre la línea de los $400.000. En este sentido, el segundo "corte" implica que estos mismo trabajadores hayan sufrido una disminución del 30% o más en el período de la crisis económica a causa del Covid-19.

Bajo estos parámetros, aquellos colaboradores que hayan quedado desempleados y estén afiliados al Seguro de Cesantía o que se encuentren bajo suspensión laboral, puede acceder al préstamo.

Del mismo modo, las empresas individuales reguladas por el SII que sean capaces de acreditar un desplome en sus ingresos mayor al 30%, también podrán hacer efectiva la postulación.

Si solicito el crédito, ¿cómo lo devuelvo?

Este apartado de la medida es bastante particular ya que, al ser un crédito blando con 0% de interés y enmarcado en medio de una crisis económica, acarrea consigo ciertos beneficios que a continuación te detallaremos.

El único reajuste que tendrá el beneficio será el del IPC y tendrá un plazo de pago de cuatro años, incluyendo uno más de gracia. Dicho esto, si al final del período el contribuyente no ha sido capaz de realizar el pago del crédito en su totalidad, éste será condonado.