ADN RadioConcierto Radio
NewslettersRegístrateAPP
españaESPAÑAchileCHILEcolombiaCOLOMBIAusaUSAméxicoMÉXICOusa latinoUSA LATINOaméricaAMÉRICA

ACTUALIDAD

Tercer retiro 10% AFP del Congreso: en qué consiste, detalles y diferencias entre todos

En la actualidad, son dos los proyectos de ley ingresados en el parlamento y buscan que los afiliados puedan otra vez disponer de los fondos en marzo próximo.

Actualizado a
Tercer retiro 10% AFP del Congreso: en qué consiste, detalles y diferencias entre todos
SEBASTIAN CISTERNAS/ATON CHILE

La tramitación en el Congreso de los proyectos de ley sobre un tercer retiro del 10% de las AFP será, seguramente, un tema que copará la agenda noticiosa una vez que se reanude la actividad legislativa, tras el receso del mes de febrero. Coincidirá además con marzo, una etapa del año en que las familias deben realizar importantes gastos.

En qué consiste, detalles y diferencias entre los proyectos de ley

La primera iniciativa legal fue presentada en diciembre por la diputada Pamela Jiles. El segundo proyecto, en tanto, lo elaboraron los diputados de la Federación Regionalista Verde Social, Jaime Mulet y Alejandra Sepúlveda.

Ambas propuestas poseen características similares. Sin embargo, una de las principales diferencias consiste en que el estado entregue un bono de reconocimiento para que los ahorros previsionales sean repuestos. La otra es que las personas jubiladas por rentas vitalicias también puedan efectuar el retiro del 10%.

Al igual que las dos leyes anteriores, los proyectos en el Congreso establecen un mínimo de retiro de 35 UF ($1 millón) y un monto máximo de 150 UF ($4,3 millones). Contemplan además una enajenación de los recursos para los beneficiarios con deudas por concepto de pensión alimenticia.

La principal traba que puede tener la propuesta para que se transforme en ley (si es aprobada en el Congreso finalmente) es su impugnación en el Tribunal Constitucional (TC). Con motivo del segundo retiro del 10%, el organismo falló en contra de la iniciativa del parlamento.

A la postre, la propuesta que se aprobó fue el proyecto del Gobierno. Esto debido a que el TC indicó que este tipo de iniciativas es una facultad exclusiva del poder Ejecutivo, puesto que implica una reforma constitucional.